
El CSD aprobó en mayo una reforma a la RFEF para sancionar duramente los ataques a los árbitros, pero aún así todo apunta a que no habrá denuncia ni del Departamento de Integridad ni del CTA
Veremos hasta qué punto las palabras de ayer domingo de Bartomeu nada mas acabar el encuentro en Villarreal tienen o no consecuencias disciplinarias.
Sus manifestaciones en torno a la utilización del VAR fueron: "El VAR no está dando la talla que todos queríamos. Desde que ha pasado el post confinamiento ha habido muchos partidos que no ha sido equitativo y ha favorecido al mismo, y muchos equipos se han visto desfavorecidos. El VAR debe ayudar al árbitro, durante los últimos partidos todo el mundo ha visto imágenes en las que no se ha utilizado bien el VAR".
Por si hubiera duda sobre las intenciones del Barça, este lunes el portavoz de club, Josep Vives, ha asegurado, sobre los criterios de utilización del videoarbitraje (VAR), que "falta ecuanimidad de criterios" y que el mismo "ha beneficiado a un equipo" y ha perjudicado "a otros equipos", sin citar ningún nombre.
Vives abundó en el mensaje lanzado por el presidente de la entidad, Josep Maria Bartomeu, que tras el 1-4 ante el Villarreal dijo: "El VAR no está dando la talla que todos queríamos. Desde que ha pasado el post confinamiento ha habido muchos partidos que no ha sido equitativo y ha favorecido al mismo, y muchos equipos se han visto desfavorecidos".
Habrá denuncia?
Ahora, todo depende de si se interpretan como un ataque a la honradez del estamento arbitral y su falta de imparcialidad. En ese caso el presidente azulgrana, a diferencia de lo que sucede con los jugadores, se expondría a una multa económica.
Para que ello suceda lo primero que debe haber existir es una denuncia ante el Comité de Competición de estas manifestaciones. Ya sea desde el propio Comité Técnico de árbitros, que no es dado a actuar, o bien desde el departamento de integridad de la FEF. Algo que hasta ahora, cuando son las 21.40 del lunes, no se ha producido.
Esta denuncia, si acaba llegando, podría dar lugar a que el órgano disciplinario federativo entrara a analizar las declaraciones.
En ese caso, el Comité de Competición abriría un expediente extraordinario, nombrando un juez instructor. Esto último implica un procedimiento que se demoraría cerca de un mes, lo que implica que cualquier sanción a Bartomeu difícilmente podría conocerse esta temporada.
Reciente modificación disciplinaria sobre el menosprecio arbitral
Aunque aún no aparece publicado en la web de la RFEF, IUSPORT adelantó en su día que la Comisión Directiva del CSD aprobó el pasado 19 de mayo una reforma en el Código Disciplinario de la RFEF para agravar las sanciones en los casos donde se cuestione la integridad del estamento arbitral.
Pendientes de conocer el texto finalmente aprobado, la reforma incluía multas de hasta 18.000 euros y suspensiones de hasta 5 meses cuando se trate de casos muy graves.
El texto sugerido por el CSD, y que al parecer fue adoptado finalmente en el nuevo artículo 100 bis del Código Disciplinario de la RFEF, contempla como infracción muy grave "La realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados".
La normativa anterior preveía sólo una multa de hasta 3006 euros
En los casos leves, entre los que no parece tengan cabida las declaraciones de Bartomeu, se aplica el articulo que se viene utilizando hasta ahora desde los órganos disciplinarios.
Se trata del artículo 89 relativo a los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad y decoro deportivos y que dice lo siguiente:
"Los actos notorios y públicos que atenten a la dignidad o decoro deportivos serán sancionados como infracción grave y se impondrá la sanción, según determine el órgano disciplinario competente en base a las reglas que se contienen en el presente Ordenamiento, de multa en cuantía de 602 a 3.006 euros, inhabilitación o suspensión por tiempo de un mes a dos años o de al menos cuatro encuentros, o clausura total desde un partido a dos meses".
Un dato importante son las excelentes relaciones que el club azulgrana mantiene con la RFEF evidenciadas en la presencia de Bartomeu en las últimas Juntas Directivas de la Federación Española de Fútbol, como ya hemos contado en este medio, de la que forma parte desde diciembre del 2018.

























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