
El titular del Juzgado Central de la Audiencia Nacional ha admitido a trámite el recurso del Lleida y la petición de medidas cautelares contra la resolución del CSD sobre finalización de las competiciones y contra los acuerdos de la RFEF de cierre de la temporada.
Este es el decreto de admisión a trámite:
"Admitir a trámite el recurso contencioso administrativo interpuesto por la representación processal de Lleida Esportiu Terraferma CF contra la resolución dictada por el Consejo Superior de Deportes de fecha 1 de mayo de 2020, sin perjuicio de lo que resulte del expediente administrativo.
Tramitar el presente recurso por las normas del procedimiento ordinario.
Requerir a CONSEJO SUPERIIOR DE DEPORTES para que ordene la remisión a este órgano judicial de aquel/aquellos expediente/s administrativos a que se refiere el acto impugnado, en el plazo improrrogable de VEINTE DIAS, o bien copia autentificada del mismo, interesándole, de comformidad con lo dsipuesto en el art. 49 de la LJCA, que la resolución administrativa que se dicte a tal fin se notifique, en los cinco días siguientes a su adopción, a cuantos aparezcan como interesados en dicho expediente, emplazándoles pa ra que puedan personarse como demandados ante este órgano judicial en el plazo de nueve días; todo ello con los apercibimientos del art. 48 LCJA."
Medida cautelar
Asimismo, según informa el club este viernes, el juez ha dado un plazo a la presidenta del CSD para que formule alegaciones en el plazo de 10 días.
Dice el auto del juez:
"El incidente cautelar se tramitará conforme al artículo 131 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la Jurisdicción Contencioso administrativa, oyéndose por plazo de diez dias a la Presidenta del Consejo Superior de Deporte, a la que se oficiará. Fórmese pieza separada"
La impugnación del club
El Lleida Esportiu había impugnado ante el juzgado central de lo contencioso amdinistrativo de la Audiencia Nacional la resolución del CSD que dio "cobertura" a las federaciones para decretar el cierre de la temporada.
Además, solicitó ante dicho juzgado la adopción de una medida cautelarísima (urgente, sin escuchar a las partes) contra esta resolución, suspendiéndola y dejando sin efecto por tanto las resoluciones de la Comisión Delegada de la RFEF del 8 de mayo por las que acordó que la Segunda División B resolviera los ascensos con un 'playoff express' entre los cuatro primeros clasificados, y se anularan los descensos.
El juez no ha accedido a la cautelarísima, pero sí a tramitar la medida cautelar, de ahí que haya dado audiencia a las partes.
"La Federación no tiene la potestad de cambiar el formato de la competición a media temporada", dijo Albert Esteve, presidente del Lleida Esportiu, que se quedó fuera de los puestos de 'playoff' en la última jornada.
La entidad ilerdense ha cumplido su advertencia y ha llevado el asunto a la justicia ordinaria, "para defender los intereses del club y los trabajadores", apuntó Esteve, quien considera que el suyo no será único club que actúe de esta forma.
"La Federación tiene el poder para suspender la competición, temporal o definitivamente, pero no para cambiar las reglas a media temporada. Si hay que cambiar el formato tiene que ser por consenso", añadió.
El Lleida considera que había tiempo para terminar la competición regular sin prisa. "¿Por qué no podemos acabar las diez jornadas a partir de agosto y en diciembre ya empezar la nueva temporada?", se pregunta Esteve: "Es más fácil organizar 10 jornadas que 38, y todo apunta que en setiembre, octubre y noviembre tampoco se podrá jugar".

























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