
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha desestimado el recurso interpuesto por el Rayo Vallecano contra las sanciones que le impuso la RFEF por lo ocurrido en el partido contra el Albacete jugado el pasado 15 de diciembre de 2019 tras los insultos proferidos a Zozulya.
El Rayo había sido objeto de dos sanciones: cierre parcial de su estadio durante dos partidos y multa de 18.000 euros.
En resolución de 14 de febrero, a la que tuvo acceso IUSPORT, el TAD ya había suspendido cautelarmente la sanción.
El TAD aclaró entonces que la suspensión cautelar incidia sólo en la sanción de cierre, no en la multa.
El partido de la discordia
Aquel partido fue suspendido con empate sin goles en el descanso por decisión del colegiado José Antonio López Toca y la negativa a volver al campo del Albacete tras los insultos desde la grada a su jugador Roman Zozulia.
En la grada se produjo asimismo "la exhibición de pancartas, símbolos, emblemas o leyendas que inciten o fomenten los comportamientos violentos, racistas, xenófobos e intolerantes o constituyan manifiesto desprecio a los que intervengan en el partido".
El Rayo Vallecano solicitó la suspensión cautelar de la sanción después de la confirmación del Comité de Apelación de la RFEF de las sanciones.
A la vista de la cautelar concedida por el TAD, el Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) decidió en febrero aplazar nuevamente la disputa de la segunda parte de ese encuentro, que estaba prevista para el miércoles 19 de febrero.
Este miércoles, tras conocer el fallo del TAD, el Comité de Competición de la RFEF fijo el 10 de junio para la disputa de la segunda parte del partido.



























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