
Miguel Galán, entrenador y director de CANAFE ESCUELAS, se ha dirigido a los sindicatos con presencia en la Administración del Estado, instándoles a que denuncien al CSD por la precariedad laboral en la que tiene sumido al Tribunal Administrativo del Deporte.
Hace tiempo que venimos contando que desde que María José Rienda llegó a la presidencia del CSD, y el mismo camino ha seguido Irene Lozano, los vientos no le son favorables al más alto tribunal del deporte español (en el ámbito administrativo).
Como saben los lectores de IUSPORT, el anteproyecto de ley del deporte promovido por Rienda y el ministro Guirao, actualmente congelado pero que va a retomarse, mantiene el Tribunal Administrativo del Deporte, pero reduce considerablemente su esfera de actuación.
Pues bien, sin esperar a que su proyecto se covierta en ley, algo que está por ver, el entonces Gobierno en funciones dió una vuelta de tuerca más en ese proceso de ninguneo del TAD y no se le ocurrió otra cosa que desalojarlo de la sede que había tenido desde que se llamaba Comité Superior de Disciplina Deportiva.
Durante décadas, el TAD estuvo ubicado en una sede propia, cedida por Parimonio del Estado, un piso completo en la calle Ferráz, 16. La foto que encabeza esta noticia se corresponde precisamente con esa sede histórica, dotada de varios despachos y una sala de juntas.
Pero ya no. El TAD ya no disfruta de esa sede por voluntad del CSD, que lo ha reubicado en sus propias oficinas, en la calle Martín Fierro, 5.
No sólo atenta el CSD contra la independencia del tribunal, sino que le dificulta su funcionamiento al poner a su disposiciòn un sólo despacho, donde presta sus servicios un funcionario, el único puesto a disposición del tribunal, muy eficiente por cierto según nos han informado.
Nueva denuncia de Galán
Pues bien, en este contexto, este lunes, Miguel Galán, entrenador y director de CANAFE ESCUELAS, se ha dirigido a los sindicatos con presencia en la Administración del Estado, instándoles a que denuncien al CSD por la precariedad laboral en la que tiene sumido al Tribunal Administrativo del Deporte.
Galán cita la resolución dictada por el propio tribunal el pasado viernes, en la que pone de manifiesto su carencia de medios en los términos siguientes:
"Cada uno de los miembros del TAD tiene sus trabajos bien en el sector público o en el privado y prestan servicios en el Tribunal de forma parcial elaborando las resoluciones en las materias de su competencia, y reuniéndose, normalmente una vez a la semana, para debatir y en su caso aprobar dichas resoluciones. Estas reuniones pueden hacerse bien presencialmente bien por medios electrónicos, circunstancia ésta última cotidiana dado que algunos miembros del TAD no viven en Madrid.
Como órgano colegiado adscrito orgánicamente al CSD pero independiente de éste, carece de estructura orgánica y presupuestaria propia. Todos los medios materiales y humanos de dicho órgano son los que el Consejo Superior de Deportes adscribe al mismo para el cumplimiento de sus funciones. Así lo señala el artículo 3.7 del RD 53/2014 al señalar que: “el funcionamiento del Tribunal será atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios asignados al Consejo Superior de Deportes…”
El Tribunal Administrativo del Deporte no tiene medios propios. Tan es así que las resoluciones del TAD se publican en el portal electrónico del CSD pues el Tribunal, reiteramos, carece de medios para su publicación.
Hasta el año 2018 en el Tribunal Administrativo del Deporte prestaban servicios dos administrativos del Consejo Superior de Deportes, con amplia experiencia en el desempeño de su labor, y atendían toda la labor administrativa de dicho Tribunal y entre ellas la de anonimizar las resoluciones emitidas por este órgano y su remisión al CSD para su inserción en la Web de dicho Consejo, y así cumplir con la obligación impuesta por el artículo 8.3 del RD 53/2014."
La situación varió radicalmente ya durante el año 2018 y sobre todo durante el año 2019, hasta el punto que actualmente en el TAD presta servicios una única persona que ha sido contratada expresamente para ello desde el mes de enero del presente año, y los lunes y viernes es ayudada por otra persona del Consejo para despachar los asuntos urgentes. Durante todo el año 2019 igualmente el TAD contó sólo con otra persona en su oficina administrativa, que finalmente concursó y se fue a otro puesto a principios de este año, y es por este motivo de absoluta insuficiencia de personal por lo que no se ha cumplido la obligación impuesta por la norma citada.
Esta situación ha sido puesta reiteradamente en conocimiento de los órganos directivos del CSD en numerosos escritos de este Tribunal y de palabra.
………………
Todo ello pone de manifiesto, a juicio de este Tribunal Administrativo del Deporte, que la falta de publicación de las resoluciones del TAD ha sido motivada por una falta absoluta de medios personales disponibles para atender a esta labor, ya que las resoluciones dictadas han de anonimizarse para evitar el incumplimiento de la normativa de protección de datos personales".























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