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Adelanto electoral RFEF: una petición legítima con los pies de barro

JOSÉ MIGUEL FRAGUELA JOSÉ MIGUEL FRAGUELA Lunes, 30 de Diciembre de 2019

IUSPORT informó este lunes en primicia del contenido íntegro del escrito que la RFEF remitió el pasado día 16 al CSD.

 

Un escrito que debería haber sido publicado al día siguiente, como muy tarde, tanto en la web de la Federación como en la del CSD. 

 

Pero entrando en el fondo del mismo, caben algunas valoraciones, sin perjuicio de admitir la legitimidad de la RFEF a la hora de plantear un adelanto electoral.

 

Es más, al igual que se hace en otros ámbitos y nadie se rasga las vestiduras, nos parece que Luis Rubiales, como el resto de presidentes federativos, debería tener esa potestad sin necesidad de autorización previa del CSD. Eso sí, dentro del año contemplado para ello por la normativa vigente, que es el de los años de los juegos olímpicos de verano. 

 

Dicho esto, en relación al contenido del escrito de solicitud, creemos que tiene dos grietas importantes:

 

1. La primera, relacionada con la argumentación. 

 

Como ya saben los lectores de IUSPORT, el núcleo de la argumentación gira en torno a la necesidad de disponer de unos órganos elegidos para cuatro años antes de emprender la carrera por la candidatura al Mundial de 2030.

 

Este argumento suena bien pero es en realidad endeble. Resulta que la FIFA ha informado de que el proceso para la elección de la sede del referido mundial comenzará en 2022.

 

Según la FIFA, "el proceso comenzará el segundo trimestre de 2022 y la selección de anfitrión o anfitriones tendrá lugar en el 74.º Congreso de la FIFA en 2024"

 

Por consiguiente, lo mismo da, a estos efectos, celebrar las elecciones en el primer semestre que en el segundo. 

 

2. En segundo lugar, es materialmente imposible encajar el proceso electoral en el primer trimestre de 2020, como pretende Rubiales, ya que el calendario aprobado por la propia federación asciende a 118 días, como recordó esta mañana Ramón Fuentes tras la primicia de IUSPORT. 

 

Por consiguiente, el CSD no podrá autorizar el adelanto electoral para el primer trimestre, sino, en su caso, para el primer semestre de 2020.

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