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El proceso electoral de la RFEF durará cuatro meses

Ramón Fuentes Viernes, 27 de Diciembre de 2019
F: RTVEF: RTVE

Son concretamente 118 días desde que se convoque elecciones en Junta Directiva y se nombre la Comisión Electoral por la Comisión Delegada. Los candidatos a presidente tienen 48 horas para formular su candidatura.

El pasado 23 de diciembre os contamos en IUSPORT que la RFEF, a falta de la autorización  definitiva del CSD, anunciaba el adelanto electoral para el semestre primero del año como contamos en IUSPORT, además del censo electoral.


Pero además la RFEF ha hecho oficial el calendario electoral a falta de concretar fechas. Y a tenor del documento, el proceso durará 118 días desde el mismo día que se convoque oficialmente las elecciones en Junta Directiva y se constituya la Comisión Electoral en la Comisión Delegada.

 

Este es el calendario 

 

De inmediato se convocará las elecciones en los medios además de la publicación del censo electoral contra el que desde el segundo día se abre plazo para poder presentar recursos.


En el segundo día se inicia el plazo para presentar las candidaturas a la Asamblea General además de empezar el plazo para poder solicitar el voto por correo a la Comisión Electoral.

 

Al tercer día finaliza el plazo para impugnar o recusación de los miembros de la Comisión Electoral.


Ocho días desde la convocatoria de elecciones hay de plazo para poder impugnar el acto de convocatoria de las mismas ante el TAD así como el calendario electoral.

 

También ese día concluye el plazo para impugnar la distribución inicial de número de representantes en la Asamblea general asignado a cada circunscripción por especialidad y estamento ante el TAD. Es decir el porcentaje asignado a federaciones, clubs, técnicos, jugadores o árbitros.


El día 10 implica la finalización del plazo para reclamar contra el censo electoral provisional ante la Comisión Electoral.


En el día 11 es cuando se fija la distribución de los representantes de la Asamblea asignado a casa circunscripción por especialidad y estamento. Distribución para la que caben seis días de plazo para impugnar ante la Comisión Electoral, si el censo electoral se hubiera elevado como definitivo.


A los 21 días de la convocatoria de elecciones, finaliza el plazo del voto por correo si se hubiera elevado como definitivo el censo electoral.


Veinticuatro días después finaliza el plazo para recurrir contra la resolución de la Comisión Electoral sobre el censo electoral provisional ante el TAD.


A los 34 días la RFEF debe publicar el censo definitivo o elevar el censo provisional a definitivo en caso que no se presenten alegaciones.

 

A los 36 días es cuando concluye el plazo para presentar las candidaturas para la Asamblea General, cuya proclamación provisional de las mismas deberá hacerse dos días mas tarde por parte de la Comisión Electoral. Ese mismo día la misma Comisión debe designar las mesas Electorales.


A los 42 días concluye el plazo para recurrir contra la proclamación provisional de las candidaturas de la Asamblea general así como el plazo para recurrir las mesas electorales.

 

A los 49 días se proclaman todas las candidaturas de la Asamblea General de donde saldrá la elección del presidente de la RFEF.

 

A los 55 días concluye el plazo del voto por correo y a los 62 días es la primera fecha clave en el futuro federativo. Ese día se elige simultáneamente a los miembros de la Asamblea General para los próximos cuatros años tanto en la sede central de las Rozas como en las federaciones de ámbito autonómico.


Dos días más tarde será cuando se publiquen provisionalmente los resultados por parte de la Comisión Electoral. Para cuyos resultados caben dos días para poder recurrir.

 

No olvidemos que en la Asamblea están representados todos los organismos: presidentes de federación, clubes profesionales y no profesionales; entrenadores, jugadores profesionales y amateur, árbitros y los distintos estamentos del fútbol sala (clubes, jugadores, entrenadores y árbitros). Y de ellos depende sin duda la designación del presidente.


Luego se abre un proceso para poder recurrir estos resultados hasta que en el día 76 es cuando se proclama oficialmente la constitución definitiva de la Asamblea.

 

A los 97 se abre el plazo para presentar las candidaturas a la presidencia de la RFEF que se extiende apenas durante 48 horas así como de las candidaturas para la Comisión Delegada. Para este último órgano cuentan con 18 días para poder presentarse.

 

Estaríamos ya en los 115 días desde el inicio del proceso electoral. Tres días después, es decir a los 118 días, será cuando tenga lugar la sesión de la Asamblea para la elección del nuevo presidente y de la comisión delegada.

 

Una cita que, cómo recoge además el Reglamento que regula los procesos electorales en las federaciones, no puede nunca coincidir con competición oficial o internacional. Tampoco podría hacerse en los cinco días hábiles anteriores y posteriores al Jueves Santo.

 

La gran duda es si habrá o no candidato alternativo a Luis Rubiales, el gran favorito para renovar en el cargo. Esta vez sería con una Asamblea nueva y no como en mayo del 2018 que salió elegido por el órgano Asamblea salido de las últimas elecciones que ganó Angel María Villar en el 2016.

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