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Los clubes femeninos podrán comercializar sus derechos audiovisuales

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Lunes, 29 de Julio de 2019
F: RFEFF: RFEF

Los clubes podrán vender sus derechos de TV a Mediapro: La RFEF afirma ante el Juzgado de lo Mercantil que no obligará a los clubes a ceder sus derechos por participar en la nueva competición

En la mañana de hoy, en la sala de vistas del Juzgado de lo Mercantil  nº 1 de Madrid se ha celebrado la vista de medidas cautelares solicitadas por la Asociación de Clubes de Fútbol Femenino (ACFF)  frente a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) relativas a la adopción de medidas cautelares en relación a la prohibición de imponer a los clubes como requisito para su inscripción y participación  en las competiciones de la temporada 2019/2020 la cesión y/o explotación de derechos comerciales/audiovisuales de los Clubes a favor de la RFEF, así como otros pedimentos todos ellos relacionados con dicha obligación.

 

La vista se ha celebrado ante el titular del Juzgado, el Magistrado-Juez, Carlos Nieto Delgado, siendo los letrados Manuel Álvarez y Pablo Figueroa por parte dela ACFF y Tomás González Cueto por parte de la RFEF.

 

La vista sea iniciado preguntando su Señoría si las partes habían tratado de llegar a un acuerdo , dado que por parte  de la RFEF se ha procedido a la inscripción de todos los Clubes, tal y como publicó por la propia RFEF; dicho intento ha quedado ahí, ya que las partes no han llegado acuerdo alguno, manifestándose por parte de la ACFF que la mayoría de los Clubes inscritos en Primera División Pro, 12 de 16 clubes participantes lo habían hecho con una salvedad, manifestando la imposibilidad de ceder los derechos audiovisuales por haber sido comercializados con anterioridad; por parte de la RFEF tampoco se ha facilitado acuerdo alguno.

 

La  ACFF ha ratificado su solicitud en todos sus extremos, destacando como hecho nuevo, entre otros, el informe de la CNMC conocido el jueves pasado donde se advertía a la RFEF de la imposibilidad de comercializar los derechos audiovisuales no contenidos en el RDL 5/2015, entre los que se encuentra las competiciones deportivas femeninas.

 

De igual forma se ha informado a su Señoría de que todos los clubes de la ACFF cuyos derechos fueron adjudicados a Mediapro formalizaron su inscripción con un anexo en forma de salvedad, manifestando que la inscripción se realizaba sin la cesión de los derechos por haber sido adjudicados a Mediapro.

 

Seguidamente por parte de la RFEF se ha opuesto a la demanda de medidas cautelares por varios motivos:

 

1.- Ha cuestionado la competencia de la jurisdicción mercantil, al entender que la materia objeto de litigio es relativa a la organización de la competición, correspondiendo la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

2.- Ha cuestionado la legitimación de la ACFF al entender que la RFEF no es competidora en el mercado ni de la ACFF ni de los Clubes que la integran y que a su vez, éstos últimos, son miembros de la propia RFEF.

 

3.- Entrando en el fondo del asunto, ha negado el comportamiento denunciado por la ACFF, reconociendo que los derechos audiovisuales son titularidad de cada uno de los Clubes y que en ningún caso se exige, como requisito ni de inscripción ni de participación en la competición la cesión obligatoria de los mismos a favor de la RFEF;  de esta forma la RFEF ha afirmado a su Señoría que los Clubes podrán comercializar los derechos de manera individual o cederlo a un tercero de manera voluntaria (como ya han hecho con Mediapro a través de la ACFF), destacando que la RFEF tan sólo pretende ofrecersecomo comercializador de los derechos audiovisuales de los Clubes o SADs que se los quisieran ceder voluntariamente.

 

4.- Y como punto clave, reconoce que ni con anterioridad ni en un futuro va a exigir dicha cesión.  La CNMC ya se había manifestado, la última el pasado viernes, en este sentido, por lo que la RFEF parece haber atendido estos requerimientos.

 

Seguidamente y respecto a la fase probatoria, ambas partes únicamente han propuesto la documental.

 

En fase de conclusiones, que ha sido breve, la ACFF ha insistido en que la RFEF ha pretendido imponer la cesión obligatoria de los derechos audiovisuales designando una serie de documentos aportados por la propia RFEF a los clubes, mientras que la RFEF se ha reiterado en que todos los clubes han sido admitidos y por lo tanto no se va a obligar a estos a ceder sus derechos, por lo que no proceden medidas cautelares.

 

Al finalizar la vista se ha comunicado a las partes que mañana conocerán el auto sobre las medidas solicitadas.

 

En resumen de lo acontecido, sin desmerecer lo que mañana recoja el auto, que seguro será de gran valor jurídico, el motivo principal para los que venimos siguiendo este conflicto, “si es acorde al ordenamiento jurídico vincular la obligación de la cesión de los derechos audiovisuales a la inscripción o participación en la competición oficial”, ya ha sido resuelta al haber admitido la RFEF que ni ha obligado ni va a obligar a ceder la explotación de dichos derechos audiovisuales pues incumpliría el dictamen de la CNMC de la pasada semana. 

 

Dependiendo de si la manifestación en ese sentido de la RFEF convence a su señoría, se adoptarán medidas cautelares o estimará que no son necesarias puesto que la RFEF ha manifestado que no va a obligar a los clubes a cederlos. 

 

De esta forma parece claro que los Clubes de la ACFF podrán cumplir con su adjudicación de sus derechos a Mediapro.

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