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El agujero negro al que nos conducirá la nueva ley al 'mutilar' al TAD

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Lunes, 17 de Junio de 2019

Hace un tiempo informamos en IUSPORT del plan trazado por altos dirigentes del deporte español para que un tribunal de arbitraje en concreto (privado por supuesto) ocupe el lugar del TAD tan pronto entre en vigor la nueva ley del deporte cuyo anteproyecto será reactivado por el Gobierno cuando sea investido nuevamente Pedro Sánchez.


Al menos parcialmente. Como ya hemos informado, el TAD seguirá existiendo pero sus competencias serán reducidas a la mínima expresión, limitadas a los llamados expedientes extraordinarios, que son los menos, los que no se derivan del juego propiamente dicho.


El 31 de marzo informamos en primicia en en IUSPORT de la carta que el presidente del COE, Alejandro Blanco, remitió el 27 de marzo a sus miembros, en la que les expuso el proyecto de reforma de los estatutos de la institución, texto que será sometido a aprobación de la Asamblea General del 29 de mayo y que dejará expedito el camino para la elección del delfín de Alejandro Blanco.


Qué casualidad, un punto importante del cambio estatutario está en la regulación de su tribunal arbitral.


El nuevo art. 4.2.q) incluye entre las competencias del COE la siguiente:


"Velar por la resolución de conflictos entre partes, en el ámbito del deporte español, mediante sistemas extrajudiciales, como la mediación y el arbitraje deportivos. Para ello, el Comité Olímpico Español contará con un Código de Mediación y Arbitraje Deportivos que, aprobado por la Asamblea General, sirva para dicho fin, sin perjuicio de las competencias que corresponden en última instancia al Tribunal de Arbitraje del Deporte, sito en Lausana (Suiza)".


Y en el 25.b añade: "La Comisión de Mediación y Arbitraje Deportivos, que se regirá por lo dispuesto en el Código de Mediación y Arbitraje Deportivos a que se refiere el artículo 4.2.q de los presentes Estatutos".

 

Pues bien, El Confidencial acaba de publicar una información importante acerca de los tribunales arbitrales que da buena idea del agujero negro al que nos conducirá la nueva ley del deporte si finalmente prospera la mutilacion del TAD.

 

Tras dictarse un laudo arbitral, la ley permite que una de las dos partes (o las dos) presenten un recurso de nulidad ante la justicia ordinaria. El problema radica, en opinión de los árbitros, en que el TSJ de Madrid entra al fondo del asunto de los laudos y los valora como si fueran sentencias revisables y no como decisiones finales.

 

 "El arbitraje es un mecanismo alternativo de resolución de controversias y debe reconocerse como tal", apunta un árbitro a El Confidencial, que cree que el tribunal solo debe revisar si se han cumplido todas las garantías procesales.

 

Esta 'intromisión' se debe a que el TSJ de Madrid sitúa el arbitraje dentro del artículo 24 de la Constitución Española (derecho de tutela judicial) en vez del artículo 10 (autonomía de voluntad), lo que en opinión del sector sería más adecuado.

 

De ahí que los árbitros ya cuenten las horas para un pronunciamiento del Tribunal Constitucional (TC) sobre este asunto.

 

Ahora mismo, según dicho diario digital, hay planteados tres recursos de amparo por este tema, si bien por ahora solo uno se ha admitido a trámite.

 

Un estudio sobre el arbitraje en España elaborado por Roca Junyent y la Universidad Pontificia de Comillas de Madrid en 2018 destaca, entre las ventajas de esta herramienta, la rapidez, la especialización y la cualificación de los árbitros pero, al mismo tiempo, el alto coste que suele llevar aparejado, la tendencia 'salomónica' de los árbitros y la inexistencia de jurisprudencia aplicable son los aspectos que generan un mayor rechazo a esta vía.

 

Como puede observarse, no está claro que los tribunales españoles se inhiban sobre el fondo en los asuntos sometidos a arbitraje, lo cual añade otra instancia, y por otro lado, como ya habíamos adelantado, estamos ante una vía costosa y en la que no habrá "doctrina" (el equivalente a jurisprudencia), con el inconveniente que ello trae consigo.

 

En fín, seguimos esperando un gesto del Gobierno diciendo que no van a tocar el TAD ni el régimen disciplinario vigente. Sencillamente, que los dejen (a ambos) como están.

 

Y es que con todos sus defectos, creemos que el régimen español es el menos malo de los existentes.

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