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Actualizada Domingo, 11 de Enero de 2026 a las 14:03:56 horas

La sanción a la que se expone el Valencia por acusar de "robo": 3.000 euros

IUSPORT Domingo, 09 de Enero de 2022

El art. 100.bis del Código Disciplinario sanciona este tipo de declaraciones, cuando provienen de un directivo o club, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros.

Como saben los lectores de IUSPORT, antes de acabar el partido Real Madrid-Valencia de este sábado, el club ché explotó contra el arbitraje de Hernández Hernández hasta el punto de calificar de robo el penalti pitado a Alderete.

 

"Lo de los robos en Madrid empieza a ser algo repetitivo", declaró el club en su cuenta de Twitter, algo realmente llamativo por provenir de un club, no como en ocasiones anteriores de un entrenador, que es lo usual.

 

 

De hecho, el último caso similar que recordamos es el reciente de la Real Sociedad, pero en ningún caso empleó unos términos acusatorios como estos.

 

Pues bien, cuando el Valencia publicó el tuit que ha dado la vuelta a España, probablemente ya sabía que las consecuencias disciplinarias son ínfimas: una multa que en su grado máximo nunca excedería de 3.000 euros.

 

El art. 100.bis del Código Disciplinario de la RFEF sanciona este tipo de declaraciones, cuando provienen de un directivo o club, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros.

 

Lo que dice el Código Disciplinario


Artículo 100 bis. Declaraciones a través de cualquier medio sobre los miembros del colectivo arbitral o miembros de los órganos de garantías normativas.


"La realización por parte de cualquier persona sujeta a disciplina deportiva de declaraciones a través de cualquier medio mediante las que se cuestione la honradez e imparcialidad de cualquier miembro del colectivo arbitral o de los órganos de la RFEF; así como las declaraciones que supongan una desaprobación de la actividad de cualquier miembro de los colectivos mencionados cuando se efectúen con menosprecio o cuando se emplee un lenguaje ofensivo, insultante, humillante o malsonante, serán sancionados:


- Tratándose de futbolistas, técnicos, preparadores físicos, delegados, médicos, ATS/FTP, ayudantes sanitarios o encargados de material, de cuatro a doce partidos de suspensión y multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros.


- Tratándose de directivos, clubes o cualquier otra persona o entidad, con multa en cuantía de 601 a 3.005,06 euros".

 

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