
El comunicado no despeja lo fundamental, si continúa o no en el club
Messi ha emitido un comunicado este viernes, pero no el que se esperaba. Se limita a afirmar que la polémica cláusula de 700 millones no está en vigor.
Después del doloroso 2-8 frente al Bayern y del burofax comunicando que se quería marchar del Barcelona, se esperaba un comunicado sobre su continuidad en el club, pero el de este viernes no responde a esa cuestión.
En el comunicado se limita a discrepar sobre lo que se ha publicado y afirma que la cláusula de 700 millones no está en vigor.
Messi se remite a la cláusula 8.2.3.6. del contrato firmado con el club, que dice lo siguiente, según el padre del jugador argentino:
“Esta indemnización no aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-20”.
Con este comunicado, salvo que se trate de un gesto hacia la galería, Messi deja entrever que habrá pleito y que la fecha del 10 de junio invocada por el club no es aplicable. Según el jugador, es la finalización de la temporada, no el 10 de junio, la fecha a considerar para la rescisión unilateral sin indemnización.
El jugador defiende que ha comunicado su rescisión a la finalización de la temporada, que se prolongó por el COVID-19, y que notificó la rescisión al concluir la misma, tras el partido frente al Bayern, por lo que entiende que no ha de pagar indemnización de clase alguna.
Esta información contrasta, entre otras, con la ofrecida por Toni Freixa, abogado, ex directivo del FC Barcelona y precandidato a las próximas elecciones, quien, en declaraciones al programa Tot Costa, de Catalunya Ràdio manifestó que la iniciativa de rescisión de Messi “no podía ir demasiado lejos” a la vista del tenor literal del contrato del crack argentino. “Pude acceder al contrato de Messi y al burofax que envío al club y vi que no tenía mucho recorrido”.
TEXTO ÍNTEGRO DEL COMUNICADO DEL PADRE DE MESSI
“D. Jorge Horacio Messi, como representante del jugador de fútbol profesional, Lionel Andrés Messi, en respuesta a la Nota Informativa publicada el 30 de agosto de 2020 por la Liga Nacional de Fútbol Profesional, en relación a la situación contractual del jugador, y al margen de su obvia parcialidad por el rol que tal institución representa en defensa de los intereses de sus asociados (los clubs de fútbol), debe manifestar que:
1º. Desconocemos qué contrato es el que han analizado y cuáles son las bases sobre las que concluyen que el mismo contaría con una “cláusula de rescisión” aplicable en caso de que el jugador decidiera instar la extinción unilateral del mismo, con efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019/20.
2º. Ello se debe a un error evidente por su parte. Así, tal y como señala literalmente la cláusula 8.2.3.6. del contrato firmado entre el club y el jugador,
“Esta indemnización no aplicará cuando la resolución del contrato por decisión unilateral del jugador tenga efectos a partir de la finalización de la temporada deportiva 2019-20”.
Sin perjuicio de otros derechos que se recogen en el contrato y que ustedes omiten, es obvio que la indemnización de 700 millones de euros, prevista en la cláusula previa 8.2.3.5, no aplica en absoluto”.



























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