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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 23:11:02 horas

Competición acata la resolución del TAD y archiva el expediente al Fuenlabrada

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Jueves, 27 de Agosto de 2020

El Comité de Competición, tal y como adelantamos, ha dictado este jueves una resolución por la que acuerda archivar el expediente extraordinario incoado al club madrileño.

Tras la resolución del TAD notificada ayer, en la que se resolvía el conflicto de competencias en el sentido de declarar que el caso Fuenlabrada corresponde a la Liga Nacional de Fútbol Profesional, el Comité de Competición, tal y como adelantamos ayer, ha dictado este jueves una resolución por la que acuerda archivar el expediente extraordinario incoado al club madrileño.

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DE ARCHIVO

 

"Expediente Procedimiento Extraordinario nº 562 – 2019/20


En la noche de ayer se ha recibo resolución del Tribunal Administrativo del Deporte en relación con el Expediente 207/2020 TAD en la que se resolvía el conflicto de competencias planteado por la Directora de la Liga Nacional de Fútbol Profesional contra la Real Federación Española de Fútbol.

 

En dicha resolución, se acordaba declarar que “la competencia para conocer los hechos consistentes en la actuación del CF Fuenlabrada SAD en su desplazamiento a La Coruña conforme del Protocolo de actuación de vuelta a la competición de 15 de mayo de 2020, como consecuencia de la detección de casos positivos de COVID-19 de varios jugadores del referido club, corresponde a la Liga Nacional de Fútbol Profesional”.

 

En el día de hoy, se ha recibido escrito del CF Fuenlabrada SAD en el que, habida cuenta de la citada resolución, se solicita al Comité de Competición que declare el archivo del expediente de la referencia.

 

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con el contenido de la resolución del Expediente 207/2020 TAD, este Comité

 

ACUERDA

 

Archivar el expediente extraordinario nº 562 – 2019/20 incoado por el Comité de Competición al CF Fuenlabrada SAD.

 

Contra la presente resolución cabe interponer recurso ante el Comité de Apelación en el plazo de diez días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.

 

Notifíquese a los interesados.

 

Las Rozas de Madrid, a 27 de agosto de 2020.


La Presidenta,
 
Carmen Pérez González"

 

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