F: LaLigaEl Real Oviedo se expone a una sanción por parte del Comité de Competición de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) por el incidente que se produjo este domingo en el estadio Carlos Tartiere en el partido contra la SD Huesca. Según destacó en el acta arbitral el castellanomanchego Isidro Díaz de Mera uno de sus asistentes fue víctima del lanzamiento de una moneda por parte del público.
En palabras textuales, el colegiado redactó que "en el minuto 67 desde un sector del público del fondo norte claramente identificado con el equipo local por sus indumentarias y banderas, se produjo el lanzamiento de una moneda de 10 céntimos, el cual impactó en la cara de mi asistente número 2, mi asistente me comunicó que no sufrió ningún daño pudiendo continuar si solicitar asistencia médica. Estos hechos fueron comunicados al delegado de campo indicándole que comunicara por megafonía que cesaran dichos hechos, no volviéndose a repetir".
El hecho de que el colegiado identificara al público local como sector del que provino la infracción conlleva que sea el Real Oviedo quien se exponga a una sanción por el comportamiento irracional de uno de sus aficionados.
La suerte para el conjunto ovetense es que Díaz de Mera concretó en el acta que el asistente no necesitó asistencia médica, lo que rebajará considerablemente la posible sanción. El club que preside Jorge Menéndez se expone a una multa económica, puede que de hasta 300 euros, según se estipula en la normativa, puesto que el asistente ni sufrió ningún daño ni necesitó asistencia médica.
El artículo 139 del Código Disciplinario sanciona a los clubes con una multa de hasta 300 euros por "el lanzamiento de objetos a la superficie de juego o la realización de actos vejatorios por parte del público contra el equipo arbitral o cualesquiera de los participantes, sin que se causen daños ni se suspensa el desarrollo del encuentro".
También podría aplicar aplicarse el artículo 110, que contempla que cuando se altere el orden del encuentro por parte del público, pero tenga una consideración "leve", "el club responsable será sancionado con una multa de hasta 602 euros".
Sin embargo, en el caso de que el órgano disciplinario quiera imponer mano dura y quiera calificar este hecho como "grave", se podría clausurar el sector de la grada y sancionar con más dureza al conjunto ovetense: "Cuando con ocasión de un partido se originen hechos como los que define el artículo 15 del presente ordenamiento, y se califiquen por el juzgador como graves según las reglas que prevé el incovado precepto en su artículo 2, y se trate de la primera vez en la temporada, el club responsable será sancionado con multa en cuantía de hasta 6.000 euros y clausura parcial de las instlaciones deportivas por un partido, apercibiéndole con la clausura total de sus instalaciones deportivas en caso de reincidencia", establece el artículo 101.
Ahora queda en manos del Comité de Competición tomar cartas en el asunto en una práctica que, por desgracia, ya no es tan poco habitual como, a priori, parecía.
Acta arbitral del Real Oviedo - SD Huesca



























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