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Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 21:00:11 horas

Competición sanciona con un partido a Valverde por su expulsión en la Supercopa

ISAAC FOUTO ISAAC FOUTO Miércoles, 15 de Enero de 2020

Tal y como adelantamos en Cope y en IUSPORT, la Jueza Unica de Competición ha sancionado a Fede Valverde con un partido por su expulsión en la final de la Supercopa, sanción que cumplirá en Liga este fin de semana ante el Sevilla.

 

Valverde fue expulsado con roja directa después de hacer una falta sobre el rojiblanco Álvaro Morata cuando este se escapaba en solitario en dirección al área del conjunto madridista. La acción impidió que el Atlético pudiera tratar de batir al meta Thibaut Courtois y aunque el Real Madrid se quedó en inferioridad apenas quedaba tiempo, aguantó el 0-0 y luego ganar su undécima Supercopa en la tanda de penaltis.

 

Como ya comentamos en Cope y en IUSPORT, a la vista de cómo reflejó el colegiado Sánchez Martínez la acción de Fede Valverde sobre Morata en la final de la Supercopa de España disputada el domingo, podemos afirmar que fue benévolo con el jugador madridista.

 

Así la reflejó en acta:

 

"B.- EXPULSIONES

- Real Madrid CF:

+ En el minuto 116 el jugador (15) Valverde Dipetta, Federico Santiago fue expulsado por el siguiente motivo: Derribar a un adversario impidiendo con ello una ocasión manifiesta de gol".

 

Como puede observarse, el colegiado también podría haber consignado que el jugador propinó una patada a Morata sin opción a disputar el balón evitando una ocasión manifiesta de gol, lo cual también es cierto pero con unas consecuencias mucho más gravosas.

 

Tal y como reflejó Sánchez Martínez la acción, la sanción previsible, y la que se ha consumado, es la de un sólo partido, mientras que en el segundo supuesto estaríamos en otro escenario, con el lógico incremento de partidos de sanción.

 

Dice el artículo 114 del Código Disciplinario (Expulsión directa):


"1. La expulsión directa durante el transcurso de un partido acarreará la imposición de la sanción de suspensión durante, al menos, un partido, salvo que el hecho fuere constitutivo de infracción de mayor gravedad, con la accesoria pecuniaria correspondiente.


En aquellos casos en que la expulsión del terreno de juego se deba a situaciones en que el futbolista no hubiera tenido posibilidad de disputar el balón, la suspensión será de al menos, dos partidos".

 

VER ACTA ARBITRAL OFICIAL

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