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Apelación anula una expulsión atribuida por error a Jon Ander Garrido

José Sellés José Sellés Miércoles, 04 de Diciembre de 2019
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El jugador del Cádiz fue amonestado en el partido contra el Tenerife, pero por error el Comité de Competición redactó en su resolución que se trataba de una "expulsión"

El Comité de Apelación ha rectificado este miércoles un error por el que hace dos semanas el Comité de Competición atribuyó una expulsión al jugador del Cádiz Jon Ander Garrido.

 

El centrocampista del conjunto amarillo fue amonestado en el partido que enfrentó a los de Álvaro Cervera contra el CD Tenerife en el Heliodoro Rodríguez por, según el acta, "derribar a un contrario de forma temeraria en la disputa del balón". Puesto que el conjunto gaditano estuvo en desacuerdo con la decisión arbitral presentó un escrito de alegaciones ante el Comité de Competición.

 

No obstante, el órgano disciplinario en primera instancia desestimó las alegaciones del Cádiz, pero en su tenor literal no confirmó la amonestación que le había mostrado el árbitro, sino que ratificó una expulsión por error: "En consecuencia, se desestiman las alegaciones formuladas, se confirma la expulsión impuesta y con ello los efectos disciplinarios que correspondan". 

 

El Cádiz no hizo caso del error de Competición y, pese a que la resolución hablaba de la "expulsión", la sanción seguía siendo la de la amonestación, por lo que pudo ser alineado en los próximos encuentros. Eso sí, el conjunto que preside Manuel Vizcaíno decidió acudir a la segunda instancia y apeló por partida doble la decisión: por una parte, la tarjeta amarilla que había visto Garrido y, en segundo lugar, el error en la resolución, que aunque fuese un simple lapsus linguae de Competición, podía tener efectos negativos en futuras sanciones.

 

Este miércoles por la tarde, el Comité de Apelación ha estimado parcialmente el recurso del Cádiz ante el 'caso Garrido'. Por una parte, ha dado la razón al Comité de Competición al considerar que no podían dejar sin efecto la decisión del árbitro de amonestar al jugador cadista, puesto que la entidad del Ramón de Carranza no había demostrado que se trataba de un "error material manifiesto". Pero, por otra parte, ha reconocido que hubo un error del Comité de Competición al redactarse "expulsión" en lugar de "amonestación" y lo ha corregido.

 

Se evita un posible agravante por reincidencia

 

A priori se podría pensar que no hacía falta recurrir este error del Comité de Competición, puesto que si el órgano se refería en todo momento a una amonestación los efectos eran meramente los de una cartulina amarilla. Sin embargo, es importante que Apelación haya dado la razón al Cádiz y haya remarcado que no se trata de una expulsión y sí de una amonestación. 

 

¿Por qué? Una cuestión normativa. El Código Disciplinario de la RFEF recoge en su artículo 11 una serie de circunstancias que constituyen agravantes de un tipo infractor. Una de ellas es el ser reincidente. De otro lado, el artículo 12 indica que "la apreciación de circunstancias atenuantes o agravantes obligará a la congruente graduación de la sanción, aplicada según se trate, a la naturaleza muy grave, grave o leve de la falta".

 

En el caso de que el Cádiz no hubiera recurrido ese error y Garrido hubiera sido expulsado (de verdad) en las próximas jornadas podría ser suspendido con una sanción superior a la mínima recogida en la normativa, puesto que se podría interpretar que tiene el agravante de esta "expulsión", recogida por Competición. 

 

No obstante, esta circunstancia por el momento no se dará, puesto que Apelación ha subsanado el error de Competición y ha dejado al centrocampista del Cádiz limpio de expulsiones este curso.

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