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Los argumentos del Valencia para minimizar la sanción a Rodrigo

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Martes, 29 de Octubre de 2019

Como es conocido, en el partido que disputaron Osasuna y Valencia en El Sadar, en el minuto 29, tras un choque entre Rodrigo Moreno y Estupiñán, el colegiado estimó que el delantero había propinado un codazo al defensa y decidió mostrarle la tarjeta roja directa.

 

Así lo reflejó en el acta:

 

"+ En el minuto 30 el jugador (19) Moreno Machado, Rodrigo fue expulsado por el siguiente motivo: Golpear con el brazo en la cabeza de un adversario, usando fuerza excesiva, tras una disputa del balón entre ambos jugadores. El jugador continuó en el partido con normalidad tras ser atendido".

 

Pues bien, el Valencia presentó su escrito de alegaciones ante la RFEF ayer lunes con el objetivo de que la sanción, que ven segura, sea sólo de un partido.

 

El primer argumento esgrimido es que no existe voluntariedad. El propio jugador dijo en zona mixta:

 

«Ha sido una acción fortuita, hay un contacto previo, yo caigo boca arriba, pero en ningún caso quería agredirle, veremos en que queda la sanción, pero la interpretación no fue correcta, mi intención no fue agredirle. Yo no quiero generar polémicas, yo tenía al linier delante, sería muy irresponsable por mi parte querer agredir a un rival en esa situación. No he protestado porque poco me vale, lo único que puede pasar es que redacte algo y sea peor, y no he hablado con él, pero me gustaría aclarar que fue fortuita. Yo no he querido agredir al jugador, he caído y no le veo, mi intención es bajar los brazos y proteger mi caída».

 

Y el segundo argumento es el contexto en el que se produjo la acción. El Valencia se agarra a la propia redacción del acta arbitral de Jaime Latre, en la que este habla de "golpear" y no de "agredir" y, además, que la acción se produjo en la «disputa del balón» y sin consecuencias físicas para el rival.

 

Partiendo de que un partido al menos le va a caer a Rodrigo, el Valencia considera que estamos, en el peor de los casos, ante un supuesto de "juego violento", nunca de un caso de "agresión".

 

La diferencia es grande, ya que, mientras en el caso de agresión, como explicamos el domingo en IUSPORT,  La sanción prevista es la de suspensión desde 4 a 12 encuentros, en el supuesto de juego violento es de uno a tres.

 

En el club ché esperan que se aplique el artículo 123 del Código Disciplinario de la RFEF, que habla de «producirse de manera violenta con ocasión del juego:

 

"1. Producirse de manera violenta con ocasión del juego o como consecuencia directa de algún lance del mismo, siempre que la acción origine riesgo, pero no se produzcan consecuencias dañosas o lesivas, se sancionará con suspensión de uno a tres partidos o por tiempo de hasta un mes.


2. Si la acción descrita en el párrafo anterior se produjera al margen del juego o estando el juego detenido, se sancionará con suspensión de dos a tres partidos, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 98 del presente Código".

 

Al haberse producido estando el balón en juego, el Valencia insiste en que no es aplicable el segundo  apartado, sino el primero.

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