
Tendrán que ser siempre equipos de categoría cadete, infantiles, alevines o benjamines. Así está recogido en la propuesta de modificación del Reglamento General que la RFEF ha remitido al CSD
Hasta ahora no nos ha extrañado ver situaciones donde jugadores profesionales compaginan sus obligaciones diarias con las de entrenar a chavales de la categorías inferiores que militan en el mismo club.
Sin embargo la RFEF quiere hacer extensible esta posibilidad permitiendo que estos jugadores puedan incluso entrenar a las categorías inferiores de otros clubes que no tienen porque ser ni dependientes o filiales del equipo donde están jugando.
Así está recogido en la propuesta de modificación del Reglamento General que la RFEF ha remitido al CSD, tal y como venimos adelantado y que está pendiente de aprobación por parte de su Comisión Directiva.
Así, en la propuesta de reforma de su artículo 116 relativo a las limitaciones añade la opción de que un futbolista pueda entrenar o actúen como entrenadores no sólo en los equipos dependientes o filiales del club, también "aquellos otros clubes en las categorías cadetes, infantiles, alevines o benjamines".
En cuyo caso podrá simultanear las dos licencias de jugador y entrenador siempre que posean la pertinente titulación y , en este nuevo escenario además, "siempre y cuando la federación autonómica lo autorice".
Propuesta que incorpora también en el artículo 165 del mismo Reglamento relativo precisamente a la simultaneidad de licencia de entrenador y futbolista. Al igual que en el otro artículo establece que aquellos futbolistas que estuvieran en posesión de la pertinente titulación de entrenador titular o auxiliar (los dos nuevos nombres que quiere incluir la RFEF para sustituir la figura de primero y segundo entrenador) podrán simultanear estas licencias de técnicos con la de futbolista, no sólo en los equipos del club dependiente o filial sino en esos otros clubes de las categorías mencionadas (cadetes, infantiles, alevines y benjamines) siempre que lo autorice la federación autonómica.
LO QUE DICE EL REGLAMENTO
Pero el Reglamento no sólo hace referencia a esta duplicidad de licencias para los casos de entrenador y jugador. La propuesta federativa incluye otras licencias como las de Médico o Fisioterapeputa.
Tal y como está incluido en el mismo artículo 116 donde deja claro que los futbolistas podrán poseer, dentro de una misma temporada cualquiera de estas dos licencias "en favor de otra entidad distinta a la que figura inscrito en calidad de futbolista" siempre y cuando pertenezcan a ámbitos territoriales diferentes y siempre la licencia de futbolista debe ser anterior.
Es decir que un futbolista podría compaginar esta dos funciones con cualquier otro primer equipo de máxima categoría de una federación territorial distinta a donde esté actuando como jugador.


























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