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Embargadas las acciones de Manuel Castaño en el Betis

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Viernes, 13 de Septiembre de 2019

El juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla ha decretado el embargo de las acciones del Real Betis propiedad de Manuel Castaño (alrededor de un seis por ciento del total), según informa alfinaldelapalmera.com y ABC de Sevilla.

 

El motivo es el impago de las costas tras el rechazo de la impugnación de la junta de accionistas del club del ejercicio 2010-2011 realizado por el propio Castaño, Jaime Rodríguez-Sacristán y Ángel Vergara, todos miembros del consejo de administración de Luis Oliver.

 

Éstos recurrieron la sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 en el que rechazaba esta impugnación. En aquella junta, celebrada el 22 de diciembre de 2011, se aprobó un balance en el que se reflejaban casi 36 millones de euros de pérdidas y ante eso Castaño, Vergara y Rodríguez-Sacristán iniciaron una impugnación por lo que entendían “irregularidades contables”.

 

La desestimación de estas apelaciones han supuesto la imposición de costas de dicha alzada con un coste que se estimó en su día alrededor de los 800.000 euros.

 

Por ello, el juez Francisco Javier Carretero Espinosa de los Monteros ha embargado las acciones propiedad del abogado y exconsejero en las etapas de Manuel Ruiz de Lopera y Luis Oliver.

 

La Audiencia ratificó las inhabilitaciones de Castaño y otros exconsejeros del Betis

La Sección Quinta de la Audiencia Provincial de Sevilla hizo pública el pasado 13 de febrero una sentencia en la que ratifica las inhabilitaciones dictadas por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla a José León, Manuel Castaño, Jaime Rodríguez-Sacristán Cascajo y otros exconsejeros del Real Betis, según informó Mateo González en ABC de Sevilla.

 

Las inhabilitaciones se producían en el marco de la declaración culpable del concurso de acreedores del club en mayo de 2016 y complementada en julio del mismo año. Únicamente estima las alegaciones de Luis Oliver para rebajar de quince a diez años su periodo de inhabilitación y retira el IVA en las indemnizaciones con las que se condenó al navarro, León y a las sociedades Bastogne Corporation S. L. y Sport Transfer Management.

 

De esta forma, las condenas dictadas por el Juzgado de lo Mercantil han sido ratificadas por la Audiencia y son las siguientes: once años de inhabilitación para administrar bienes ajenos y para representar a cualquier persona a José León, ocho a Manuel Ruiz de Lopera, cinco años y seis meses a Jaime Rodríguez-Sacristán Cascajo, cuatro años a Manuel Castaño y Francisco Nuchera, tres a Ángel Vergara, dos años y seis meses a Rufino González y dos años a Farusa, Eduardo Peña, Juan Carlos Roldán, Luis Rementería y Joaquín Zulategui. La de Oliver se reduce de quince a los diez que había solicitado inicialmente la administración concursal.

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