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El caso Levante-Zaragoza o los pájaros contra las escopetas

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Martes, 03 de Septiembre de 2019

La primera jornada del juicio por el presunto amaño del Levante-Zaragoza de 2011, celebrada este martes en los juzgados de Valencia, habrá dejado estupefacto al ciudadano medio, no, por supuesto, a los avezados juristas conocedores de los mil y un recursos que el derecho pone a disposición de las partes en un proceso.

Afortunadamente, ha sido sólo un día, pero bien largo que ha resultado el dedicado a las llamadas cuestiones previas, es decir, aquellas que deben plantearse (no resolverse) antes de comenzar a abordar el verdadero objeto del proceso. Y es que parece que estamos ante los pájaros contra las escopetas.

 

Resulta que, según la defensa (está en su derecho pero eso no significa que tenga razón), quien actuó ilícitamente fué el presidente de LaLiga, que denunció el presunto amaño, no los acusados por dicho hecho supuestamente delictivo: jugadores, técnicos y directivos.

 

Un dirigente, Tebas, que no sólo denunció este presunto fraude, sino también otro que ha saltado a primera página este mismo martes, el caso Jimmy. Hay que reconocer también la actuación de la Fiscalía en este y otros asuntos.

 

Como saben los lectores de IUSPORT, el juez ha decidido sentar en el banquillo a 82 personas implicadas en la riña que desembocó en la muerte del aficionado del Dépor. Otra causa que fue archivada pero que merced al tesón del presidente de LaLiga ha sido reabierta. También el caso Oikos fue denunciado por LaLiga, y así podríamos seguir enumerando hitos de la lucha de la patronal contra el fraude en todas sus versiones, incluida la piratería.

 

Las cuestiones previas

Pues bien, de entre las cuestiones planteadas este martes, sobresale la que puso sobre la mesa el letrado del Real Zaragoza, secundado luego por otros acusados, pretendiendo se declare la nulidad de actuaciones, lo que, de prosperar, impediría continuar con el proceso.

 

Este miércoles, a primera hora, el juez dará a conocer su resolución al respecto.

 

Tres alternativas tiene el juez:

 

A) Desestimar las cuestiones previas y proseguir el proceso.

B) Estimar dichas cuestiones y no seguir adelante con el juicio.

C) Diferir la resolución de las cuestiones previas al momento de dictar sentencia y proseguir con el proceso.

 

La pretendida nulidad

El abogado que representa al Real Zaragoza, secundado por otros letrados de jugadores igualmente acusados, ha pedido la nulidad de la declaración de Javier Tebas en la fase inicial de la investigación.


Según dicho letrado, el presidente de LaLiga se personó en la Fiscalía para denunciar los hechos después de que un jugador del Zaragoza, siendo cliente de Tebas en su época de abogado ejerciente (dice el letrado), le confirmara el presunto amaño del partido contra el Levante.


Sin embargo, el propio letrado del club maño reconoció que Tebas tuvo conocimiento de los hechos antes de que ese jugador en cuestión se los confirmase. Fue Lendoiro, presisdente entonces del Deportivo, club perjudicado por el presunto amaño, quien, según admite el abogado del club maño, alertó a LaLiga de la comisión de ese presunto delito por parte de los jugadores y directivos.

 

Por tanto, Tebas conoció los hechos al margen de su condición de abogado, lo que desvirtuaría el alegato del Zaragoza.


A pesar de ello, el abogado de dicho club considera que debe anularse la declaración de Tebas, pero no se queda ahí: pide la nulidad de todas las diligencias practicadas con posterioridad.

 

La doctrina del Tribunal Constitucional

Aún admitiendo, a efectos puramente dialécticos, que Tebas conociera los hechos a manos de su supuesto cliente, persona, por cierto, que nadie ha identificado, resulta que tampoco podría prosperar la excepción planteada.

 

Y es que la doctrina del Tribunal Constitucional, respecto al uso de pruebas obtenidas supuestamente de forma ilícita en procesos judiciales, tampoco favorece la tesis de los letrados de la defensa.


En este sentido, citamos la reciente sentencia del Pleno del Tribunal Constitucional de 16 de julio de 2019, en el recurso de amparo núm. 1805-2017, que se pronunció sobre esta cuestión y que podría ser invocada por el tribunal de Valencia para dar plena validez al testimonio del presidente de LaLiga.

 

En esencia, el Constitucional viene a decir que sólo serán excluidas del proceso aquellas pruebas procedentes de "vulneraciones de derechos fundamentales consumadas justamente para quebrar la integridad del proceso, esto es, encaminadas a obtener ventajas procesales en detrimento de la integridad"

 

Si el juez del presunto amaño llega a la conclusión de que Javier Tebas no se hizo con el conocimiento de los hechos delictivos "para quebrar la integridad del proceso, esto es, encaminadas a obtener ventajas procesales", declarará plenamente válido su testimonio, y, por tanto, proseguirá con el proceso.

 

Conclusión

No existen a nuestro juicio razones para estimar la causa de nulidad planteada. El juicio debería seguir su curso natural hasta que recaiga sentencia en el sentido que proceda a la luz de las actuaciones que se practiquen.

 

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