
Ayer informamos en IUSPORT que la Comisión Delegada de la Real Federación Española de Fútbol ha aprobado una serie de modificaciones en el Reglamento general, entre ellas que el partido de suspensión por acumulación de cinco tarjetas amarillas en la última jornada del campeonato ya no tendrá efecto en la siguiente temporada, noticia adelantada por Javier Matallanas en AS.
En concreto, el punto 4 del Artículo 112 (Acumulación de amonestaciones en diferentes partidos) para a señalar que “La regla de suspensión por un partido no será de aplicación en aquellos casos en que la amonestación con la que el jugador cumpliría el ciclo a que esta norma hace referencia, tenga lugar en el último partido que el club dispute en la competición de que se trate”.
Además, se establece que los jugadores lleguen limpios de amonestaciones a las semifinales de la Copa del Rey, de modo que ningún futbolista pueda perderse la final por acumulación de tarjetas amarillas en distintos partidos.
Así, el punto 1 del mencionado artículo 112, que recoge que la acumulación de cinco de amonestaciones en el Campeonato Nacional de Liga y tres en la Copa del Rey; la Copa de la Reina; la Copa RFEF; la Segunda Fase o de Ascenso de Segunda División, Segunda División “B” y Tercera División; la Copa de Campeones de División de Honor Juvenil y la Copa del Rey Juvenil conllevarán la suspensión por un partido, pasa a especificar ahora que en la Copa de S. M. El Rey, “al término de la eliminatoria de cuartos de final, quedarán automáticamente anulados los ciclos vigentes de amonestaciones de todos los intervinientes iniciándose otro nuevo turno para todos los intervinientes en semifinales de final”.
La advertencia de Proliga
Pues bien, ProLiga, la Comisión de Clubes de Tercera y Segunda División B, ha emitido un comunicado en el que recuerda que estos cambios, como cualquier otra reforma reglamentaria, no tendrán efecto hasta que sean aprobados por la Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes.
En el comunicado oficial, ProLiga afirma esta aprobación del punto 4 del Artículo 112 "no ocurrirá hasta transcurridas varias jornadas de los distintos Campeonatos Nacionales de Liga" y que, de alinear a los futbolistas sancionados por acumulación de amonestaciones, podrían incurrir en una infracción del reglamento por alineación indebida.
Asimismo se informa que la Comisión ha procedido a elevar la consulta a la Secretaría General de la RFEF.



















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