Sábado, 19 de Octubre de 2019

Actualizada Sábado, 19 de Octubre de 2019 a las 00:38:40 horas

La FIFA amplía las excepciones para poder fichar a menores extranjeros

José Sellés Jueves, 01 de Agosto de 2019
F: Real MadridF: Real Madrid

Lo hace vía jurisprudencial, es decir, sin modificar el artículo 19 de su normativa de traspasos

La Real Federación Española de Fútbol (RFEF) ha hecho llegar esta semana una circular a todos los clubes en la que informa del procedimiento a seguir esta temporada para quienes quieran inscribir a un jugador menor de edad procedente del extranjero.

 

La FIFA, organismo rector del fútbol mundial, prohíbe la transferencia internacional de menores de edad a clubes extranjeros como regla general: "Las transferencias internacionales de jugadores se permiten solo cuando el jugador alcanza la edad de 18 años", reza el artículo 19.1 del Reglamento sobre el Estatuto de Transferencias.

 

Sin embargo, respecto a esta regla general, el apartado 2 del mismo precepto permite 3 excepciones por las que un menor de 18 años puede ser transferido: si los padres del jugador cambiar de domicilio al país donde el nuevo club tiene su sede por razones no relacionadas con el fútbol, si la transferencia se efectúa dentro del territorio de la Unión Europea (UE) o del Espacio Económico Europeo (EEE) y el jugador tiene entre 16 y 18 años. La tercera excepción es que el jugador vive en su hogar a menos de 50 kilómetros de la frontera nacional y el club extranjero también está a una distancia menor de 50 kilómetros.

 

A estas tres excepciones, que se recogen en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores, hay que añadir tres más que ha agregado la FIFA vía jurisprudencia.

 

La FIFA permitirá el traspaso de menores extranjeros si el jugador se muda por razones humanitarias con sus padres. La segunda excepción consiste en si el jugador se muda por razones humanitarias sin sus padres. Por último, la tercera prerrogativa juega en favor de la educación: si el jugador es un estudiante de intercambio que participa en un programa académico.

 

Las dos primeras excepciones guardan relación con un procedimiento especial que estableció la FIFA el pasado verano para proteger a futbolistas refugiados. Para proteger la integridad del jugador en su condición de refugiado así como la de su familia, la FIFA instó a que la federación del club por el que fuese a fichar solicitara la intervención del Departamento del Estatuto del Jugador de la FIFA, en lugar de solicitar el denominado 'transfer'  directamente a la federación del club anterior del jugador.

 

La FIFA justificó dicha excepción para garantizar "que las autoridades gubernamentales en el país del que el jugador es natural y donde se localiza el club anterior no tienen posibilidad de conocer del paradero del jugador a través del trámite del 'tranfer". El organismo internacional entendía que si no se actuaba de esa manera "podría poner en peligro la seguridad del jugador y también la de su familia".

 

Por lo tanto, desde este mismo verano, aparte de las tres excepciones recogidas en el Reglamento sobre las Transferencias se podrán tener en cuenta estas tres excepciones que, vía jurisprudencial, la FIFA ha decidido aplicar como tres supuestos conformes a derecho.

 

Cualquier club que quiera inscribir a un jugador menor de edad deberá remitir a la RFEF por medio de su Federación Territorial toda la documentación necesaria que sustente alguna de las circunstancias mencionadas anteriormente. Hay que destacar que cada excepción requerirá un tipo de documentación diferente, por lo que los clubes deberán de informarse con detalle a la hora de solicitar el traspaso de un menor en función de la opción por la que opten. Con este añadido, la FIFA ofrece un mayor abanico para que los clubes puedan hacerse con futuras promesas y, a su vez, otorga una mayor protección a los menores.

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