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El CSD no ha recibido a ProLiga y al fútbol femenino un mes después

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Sábado, 06 de Julio de 2019

El CSD sigue sin convocar a ProLiga, la LNFS y el fútbol femenino tras su denuncia por los nuevos estatutos de la RFEF. Ha pasado casi un mes desde que el pasado 11 de junio presentaran sus denuncia ante el máximo organismo del deporte español por considerar ilegales todos los artículos relativos al control audiovisual y comercial que la RFEF quiere ejercer

El pasado 7 de junio os adelantamos la denuncia que tanto PROLIGA, como la Liga Nacional de Fútbol Sala y el fútbol femenino iban  a cabo en si la Asamblea de la RFEF convocada para el 10 de junio aprobada la modificación de Estatutos que entendían las tres asociaciones que claramente atentan contra los derechos de sus clubes y representados. Modificación que fue aprobada por mayoría n la cita celebrada en la Ciudad del Fútbol de las Rozas.

 

Justo el día después de la celebración de la misma, las tres asociaciones (PROLIGA, la LNFS y la Asociación de Clubes femeninos) hacían oficial un comunicado donde anunciaban su denuncia e instaban al CSD a que interveniera de manera inmediata después de la aprobación de estos Estatutos que consideran no se ajustan a la legislación vigente. 

 

Es más solicitaban una reunión de manera urgente con el máximo organismo del deporte español para tratar esta cuestión.

 

Reunión que, prácticamente un mes después, no se ha producido. Es más, según hemos sabido en este periódico, no han recibido respuesta alguna desde el CSD convocándoles a ningún encuentro para tratar la cuestión. Lo cual sin duda genera enfado y perplejidad en las asociaciones afectadas.

 

Como ya adelantamos en su momento, esta denuncia está basada especialmente en la modificación de dos artículos de la misma y que desde las asociaciones consideran totalmente ilegales.

 

El primero de ellos es el artículo 5 relativo a las Competencias de la RFEF. En su nuevo apartado c donde dice textualmente: “Organizar las competiciones oficiales de ámbito estatal, sin perjuicio de las competencias propia de la Liga Nacional de Fútbol Profesional”.

 

Pero es en el siguiente párrafo donde radica el foco de conflicto y dice lo siguiente:

 

“A estos efectos, ostenta la plena titularidad de los derechos sobre dichas competiciones y en su explotación comercial sin perjuicio de lo previsto en la legislación vigente para las competiciones profesionales y los derechos e intereses legítimos de los clubes deportivos, de los futbolistas, de los entrenadores y de los árbitros miembros  de la Federación”.

 

Desde las asociaciones consideran que la RFEF quiere asumir la explotación de todos los derechos de las competiciones que están bajo su tutela (Segunda división B, Tercera división, fútbol femenino y fútbol sala), empezando por los derechos audiovisuales.

 

En esta línea entienden que va también el artículo 5 , el cual dice lo siguiente: 

 

“La comercialización de los derechos que le son propios en las competiciones de su titularidad y en especial la comercialización de los derechos audiovisuales en conformidad con el Real Decreto Ley 5/2015 y los reglamentos y acuerdos que adopte la RFEF como consecuencia de los mismos y de la legalidad vigente”.

 

Es decir, de las partes que se consideran afectadas, la RFEF se queda con los derechos audiovisuales de las competiciones que organiza y además en todas, salvo en la Copa del Rey donde el reparto ya está fijado por el Real Decreto-Ley audiovisual, establece el reparto del dinero entre los clubes de las distintas modalidades.

 

Algo que tanto desde PROLIGA, la Asociación de Clubes femeninos como la propia LNFS consideran ilegal porque entienden que los derechos audiovisuales son propiedad exclusiva de los clubes. De ahí su denuncia ante el CSD, el organismo estatal de deporte, y que es quien debe aprobar y autorizar en autorizar la entrada en vigor de los mismos a través de su Comisión Directiva

 

No son los únicos artículos que entienden atentan contra sus derechos. En esta misma línea entienden que radica el artículo 2.f),  relativo a Objetivos y principios rectores, que dice que será la RFEF la encargada de “redistribuir los ingresos generados por el fútbol de acuerdo con el principio de solidaridad y apoyar al reinversión a todos los niveles y áreas del fútbol, empezando por el fútbol base”.

 

Es decir que la RFEF entiende que estos ingresos sobre los que tendría la potestad los redistribuye en beneficio de todo el fútbol no profesional. Algo que los afectados entienden no puede hacer por cuanto esos ingresos no son propiedad de la RFEF. 

 

También hay una discrepancia en torno al artículo 5, apartado f, que habla de establecer “en las competiciones en las que existen relaciones laborales y económicas, sistemas de supervisión y control económico y/o prevención de insolvencia y de abono de salarios a los futbolistas y de led deudas en términos similares a los que establezcan en la competición profesional”.

 

Esta labor de control económico y “fair play” que pretende la RFEF muy similar a la Liga, desde algunos ámbitos consideran que carece de competencias por cuanto la Liga es la patronal de los clubes y las relaciones laborales, los impagos etc están regulados en los convenios colectivos.

 

Los miembros natos de la Asamblea

 

Otro de los puntos que pretenden denunciar es la modificación en la Asamblea de la RFEF aprobada en la última Junta Directiva y que pasa por incorporar a 18 miembros nuevos natos que, según recoge la propia modificación del artículo 25 de los Estatutos, que “reúnan las condiciones de mérito, trayectoria o prestigio deportivo”. La propia modificación habla que este cambio requiere autorización del CSD para su implantación.

 

Entre estos 18 miembros estarían el presidente del sindicato de fútbol, Fútbol sala, liga de fútbol profesional, miembros del fútbol plata, fútbol discapacitado etc...a quienes entienden que salvo los presidentes de Territoriales, que tienen su condición de miembros natos, el resto de representantes (árbitros, clubes, entrenadores, árbitros etc..)son elegidos por sufragio universal.

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