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Apelación confirma que no hubo alineación indebida del Cornellá

EFE/Iusport Martes, 04 de Junio de 2019
F: CD TeruelF: CD Teruel

El Comité de Apelación de la RFEF ha acordado este martes desestimar el recurso interpuesto por el CD Teruel por la supuesta alineación indebida del jugador de la UE Cornellá Abdelilah Damar durante el partido de la trigésima octava jornada del Grupo III de la liga de Segunda B del 19 de mayo.

 

Tras la reclamación formulada por el Teruel, la jueza de Competición decidió tres días que no había lugar a la "imposición de consecuencias disciplinarias derivadas de la reclamación", y se procedió al archivo del expediente.

 

El club aragonés impugnó el partido por considerar que su rival alineó de manera indebida a Abde, un futbolista juvenil que había visto la quinta tarjeta amarilla en su liga y, sin cumplir la sanción, jugó con el primer equipo, con el que además anotó el primer gol en el duelo disputado en Cornellá.

 

Apelación ha acordado desestimar el recurso del Teruel, si bien se recuerda la obligación del jugador de cumplir la sanción de suspensión de un partido en la temporada 2019-2020.

 

El comité entiende que "si el jugador debe cumplir la sanción en el equipo en que está inscrito (y por ello solo podrá hacerlo en la próxima temporada) no es posible concluir al mismo tiempo que el jugador haya cumplido ya la sanción en el equipo de Segunda División B, ya que no es el equipo en que está inscrito".

 

De haber prosperado el recurso, los turolenses habrían sumado 44 puntos que les permitirían conseguir la permanencia en Segunda B.

 

En cambio el Alcoyano, que jugó la promoción por la salvación, habría descendido a Tercera, cosa que finalmente se produjo el pasado domingo, y sería el Castellón el que habría jugado la eliminatoria contra el Celta B.

 

Contra esta resolución cabe interponer recurso ante el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) en el plazo de quince días hábiles, a contar desde el siguiente al que se reciba la notificación.

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN 

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