
Transcurrido el plazo, en el que hubo una reclamación que fue inadmitida, la Comisión Electoral acordó elevar a definitiva la proclamación de Beatriz Álvarez y de Rubén Alcaine, como presidenta y vicepresidente del nuevo ente regulador.
Este jueves, la Comisión Electoral de la recién constituida Liga Profesional de Fútbol Femenino ha proclamado definitivamente como presidenta del nuevo ente regulador de la liga a Beatriz Álvarez, única que presentó candidatura.
Transcurrido el plazo, en el que hubo una reclamación que fue inadmitida, la Comisión Electoral acordó elevar a definitiva la proclamación de Beatriz Álvarez y de Rubén Alcaine, como presidenta y vicepresidente del nuevo ente regulador.
Álvarez, exjugadora, hoy con 38 años de edad, ocupó hasta hace poco el cargo de Directora General de Deportes del Principado de Asturias, puesto al que llegó en septiembre del 2019, convirtiéndose en la primera mujer que ostenta este cargo.
Por consiguiente, como ya exlicamos en IUSPORT, la asamblea de la RFEF convocada para el día 30 se va a encontrar con que tiene en su punto 7 del orden del día la aprobación de los estatutos de una entidad que ya está legalmente constituida e inscrita en el registro del CSD y su presidenta elegida.
El art. 10 de la Ley del Deporte dice expresamente que compete al CSD (b) aprobar definitivamente los estatutos y reglamentos de las Federaciones deportivas españolas, de las Ligas profesionales y de las Agrupaciones de clubes, autorizando su inscripción en el Registro de Asociaciones Deportivas correspondiente; y (e) calificar las competiciones oficiales de carácter profesional y ámbito estatal.
¿Qué sentido tiene que se lleve ahora a la asamblea general de la RFEF la aprobación de los estatutos de la nueva liga femenina?. ¿Qué pasaría si la asamblea deniega tal aprobación?
Respondemos a ambas preguntas: sentido no tiene ninguno por cuanto la Federación carece de competencia para ello. En su momento emitió el informe preceptivo sobre la nueva liga femenina al CSD, que no es vinculante, y ahí termina su participación en el proceso.
Y en cuanto a las consecuencias, a nivel jurídico ninguna, pues el CSD, no sólo ha calificado ya la competición como profesional, sino que también ha aprobado los estatutos del nuevo ente; entidad que, tras la firma del acta fundacional, ya está inscrita en el registro público correspondiente del mismo organismo.


















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