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El incidente por el acceso de los asesores de Rubiales a LaLiga

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Miércoles, 24 de Abril de 2019
Foto: diario ASFoto: diario AS

Como informamos en IUSPORT, este miércoles, antes de la reunión en el CSD sobre el convenio de coordinación, se celebró la asamblea de LaLiga en la sede de la patronal con la presencia del presidente de la Federación, Luis Rubiales.

 

Sin embargo, antes de empezar la asamblea se produjo un incidente ya que Rubiales pretendía que, además de él, accedieran los juristas Tomás González Cueto y Miguel García Caba, la directora de comunicación, Marisa González, y el jefe de prensa, Pablo García Cuervo, los cuales no pudieron acceder por oponerse LaLiga.

 

LaLiga señaló al respecto que así se lo había comunicado previamente a la RFEF. Según informa Alfredo Matilla en AS, LaLiga comunicó por dos vías distintas a la Federación que sólo Rubiales podría acceder a la Asamblea, como invitado, y que la RFEF dio el visto bueno a esta apreciación vía email.

 

Sin embargo, Rubiales, que como presidente de la Federación tiene derecho a asistir con voz pero sin voto a las asambleas de LaLiga, según los Estatutos de ésta, cuestionó la actitud del organismo que preside Javier Tebas, aduciendo que se estaban vulnerando los estatutos de LaLiga (artículo 14).

 

Llegados a este punto, la pregunta lógica es: ¿es verdad que se han vulnerando los estatutos de LaLiga al impedir el acceso a los asesores de Rubiales?

 

Esto es lo que regula al respecto el art. 14 de los estatutos de la patronal:

 

"ARTÍCULO 14.- DERECHO DE ASISTENCIA A LAS ASAMBLEAS

 

Además de los señalados en el artículo duodécimo tendrá derecho a asistir a las Asambleas:

 

El Presidente de la Real Federación Española de Fútbol quien tendrá derecho a voz y no a voto.

 

Podrán asimismo asistir a las Asambleas, sin derecho a voz ni a voto, salvo que les conceda el uso de la palabra el Presidente:

 

- Las personas a las que invite el Presidente.

- Un acompañante por cada miembro de pleno derecho de la Asamblea.

-Un representante de las Sociedades Anónimas Deportivas o Clubes deportivos

afiliados a la LIGA que tengan suspendido su derecho a voto".

 

A la vista del tenor de este artículo, e independientemente de otras consideraciones (en el actual contexto de tensión RFEF-LaLiga parece lógico que sus miembros no estén en las reuniones del otro), el precepto es contundente y sólo confiere al presidente de la RFEF wel derecho a asistir a las asambleas de LaLiga.

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LOS ESTATUTOS DE LALIGA

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