as.comEl máximo organismo antidopaje intentará validar el pasaporte biológico en España después de que el TAD lo tumbara. También acudió al TAS.
Según confirmó José Andrés Ezquerro en As, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) formalizó los recursos contra la absolución de Ibai Salas por anomalías en su pasaporte biológico en el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), en Suiza, y en el Juzgado Central de lo Contencioso Administrativo, en España.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) revocó la sanción de cuatro años a Salas y anuló la efectividad del pasaporte en territorio nacional, así que la AMA actuó para que España no se convierta en un paraíso sin una herramienta clave frente al dopaje.
Como informa el diario AS, el plazo para apelar en los tribunales ordinarios acababa ayer a las 15:00, y los abogados de la AMA presentaron su escrito a las 13:40. En esta ruta aparecen distintas opciones: que se anule la resolución del TAD, Salas vuelva a estar suspendido y la Agencia Española (AEPSAD) retome los expedientes pendientes; que también se refuerce jurídicamente la validez y reglamentación del pasaporte; o que la decisión reciba el apoyo de los juzgados, lo que dejaría a la AEPSAD en incumplimiento con el Código Mundial (como se encuentra ahora) y en riesgo de otro castigo de la AMA. Este camino conllevaría alrededor del año de duración.
En el TAS se plantean más dudas. La AMA puede emplear este procedimiento para garantizar la utilidad del pasaporte, pero a su vez sancionar a España de todas maneras debido a que el TAD (un órgano adscrito al CSD, como la AEPSAD, aunque no signatario del Código) tumbó el caso de Salas e impidió que la Agencia maniobrara con independencia.
Aparte, se entraría en conflicto con la legislación nacional si lo contencioso mantiene la rehabilitación de Salas y el TAS le suspende de nuevo. Tampoco se descarta que este recurso quede en suspenso al seguirse paralelamente la vía ordinaria en España.
La resolución del TAD
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) anuló el pasado mes de febrero la sanción de 4 años impuesta al corredor Ibai Salas por presentar presuntas irregularidades en su pasaporte biológico en 2017, la primera de este tipo impuesta por la Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte (AEPSAD).
El 3 de octubre de 2018, la AEPSAD sancionó a Ibai Salas con la suspensión la licencia federativa por 4 años, y 3.001 euros de multa, por el supuesto uso de sustancias o métodos prohibidos en función de los parámetros de su pasaporte biológico.
El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), en una resolución con fecha de 8 de febrero de 2019, a la que tuvo acceso IUSPORT, declaró nula esa sanción .
A juicio del TAD, el pasaporte biológico de Ibai Salas no permite conocer si el deportista realmente consumió una sustancia prohibida o utilizó un método prohibido, ni tampoco dónde ni cuándo se pudo consumir o utilizar, por lo que "la causa de este modo de proceder es que no se ha dado cumplimiento completo a la normativa sobre pasaporte biológico que contiene la Ley Orgánica".
En su resolución, el TAD recuerda que el pasaporte biológico está concebido en el ordenamiento jurídico español tan solo como un medio de prueba. Asimismo, reitera que un pasaporte biológico adverso no es un hecho tipificado. "Es un medio de prueba de lo que sí está tipificado: la utilización, el uso o el consumo de sustancias o métodos prohibidos", señala.
No obstante, el Tribunal señala que el pasaporte biológico "no es suficiente para probar la comisión de una infracción", lo que supone la anulación de la sanción impuesta a Ibai Salas al no considerarse probado el supuesto acto de dopaje.
El TAD declaró nula la suspensión provisional dictada por la AEPSAD contra Ibai Salas, por vulnerar sus derechos. "Esta irregular actuación de la AEPSAD ha supuesto el final de la carrera como ciclista profesional de Ibai Salas, acusado injustamente de dopaje y pasando un calvario que ha durado más de diez meses hasta poder demostrar su inocencia", lamenta el gabinete de prensa de Salas en un comunicado remitido a Europa Press.
Tras conocer el fallo del TAD, el ciclista del Burgos-BH ha agradecido el apoyo "incondicional" de las personas que en todos estos meses pasados "nunca han dudado" de su inocencia.
El CSD dispuesto a una batalla legal contra el TAD por el pasaporte biológico
El Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Agencia Antidopaje (AEPSAD) ya habían decidido batallar contra la citada resolución del TAD.
Se trata en este caso de un recurso exraordinario de revisión contra la resolución del TAD sobre el pasaporte biológico en el caso de Ibai Salas.
El Consejo Superior de Deportes (CSD) y la Agencia Antidopaje (AEPSAD) aseguraron al diario AS que la única opción reside en el recurso de Federación Española (RFEC), Unión Ciclista Internacional (UCI) o Agencia Mundial (AMA) ante la justicia ordinaria nacional o el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS).
Sin embargo, existiría otra vía, según los juristas consultados por el diario AS, por la que el CSD podría apelar en favor del pasaporte de la AEPSAD contra el Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), los tres organismos gubernamentales vinculados: un recurso extraordinario.
El Consejo de Estado lo desautoriza
Pues bien, como les adelantamos desde IUSPORT, un recurso del CSD está abocado al fracaso. El alto órgano consultivo del Estado ya había enmendado la plana al CSD en el caso de las elecciones de la RFEF, y de qué forma. Es demoledor.
El Consejo de Estado ha dictaminado, lisa y llanamente, lo que habíamos adelantado en IUSPORT en su dia: que el CSD no puede legalmente recurrir (carece de legitimación activa) una decisión del tribunal del deporte.
El TAD había revocado su propia decisión y mostrado favorable a repetir las elecciones de la RFEF, tras un recurso extraordinario del CSD ante el propio tribunal. Decisión que fue rechazada por el Consejo de Estado.
Literalmente, el Consejo de Estado declaró:
"Que procede declarar la inadmisión del recurso extraordinario de revisión interpuesto por el Presidente del Consejo Superior de Deportes contra la Resolución del Tribunal Administrativo del Deporte de 9 de junio de 2017."
Que sean otros los recurrentes
Otra cosa seria que los recurrentes fuesen la Federación Española (RFEC), o la Unión Ciclista Internacional (UCI) o incluso la Agencia Mundial Antidopaje (AMA).
Estas entidades no estarían afectadas por la falta de legitimación que el Consejo de Estado ha dejado claro que adolece el CSD.
Y esto es lo que parece que va a ocurrir ahora con el recurso de la AMA.
En todo caso, en cuanto al fondo, en otro artículo expondremos los contundentes y difícilmente rebatibles argumentos del TAD en este asunto.




























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