F: @UDSanseEs la nueva denominación de la tercera categoría nacional. Así consta en las normas de competición que acaba de aprobar la RFEF.
La Primera RFEF, tercera categoría del fútbol nacional y primera no profesional, cambia de nombre. Desde la próxima temporada 2022-2023 pasa a llamarse Primera Federación. Así está recogido en las normas de competición que acaba de publicar la RFEF, según informa Ramón Fuentes en MD.
Los clubes tienen hasta el 18 de julio para inscribirse los 40 clubes de la categoría.
Son requisitos específicos de inscripción para la Primera Federación lo siguiente:
- Estar al corriente, en el momento de la inscripción, de la aportación de todos los datos de carácter económico financiero que se le han solicitado al club durante toda la temporada anterior.
- Haber depositado, en el momento de la inscripción, un aval bancario, una póliza de afianzamiento, o mediante transferencia bancaria en la RFEF, por un importe mínimo del 10% por ciento del cierre de los gastos auditados en la temporada anterior y, en todo caso, no inferior a 100.000 euros.
- Deben tener un terreno de juego de hierba natural para la disputa de todos los partidos oficiales.
- Disponer de iluminación suficiente (mínimo 600 luxes) para la disputa de un partido oficial en horario nocturno.
- Disponer de un estadio con una capacidad mínima de 4.000 espectadores y gradas perimetrales en todo el estadio, con una moratoria en este último caso hasta la temporada 2023/2024. En todo caso, se tendrán en cuenta posibles impedimentos urbanísticos o de configuración del espacio disponible.
Un mínimo de 18 licencias profesionales
Además deben comprometerse a disponer a lo largo de la temporada deportiva del número mínimo de 18 licencias profesionales exigidas.
Económicamente deben contar un presupuesto mínimo de 1.500.000 euros anuales para el equipo de la Primera Federación a partir de la Temporada 2023/2024 siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000€ de media por equipo que los haya comercializado de forma conjunta y de 700.000€ en cualquier otra circunstancia y momento. El formato del presupuesto se adaptará al modelo establecido en la plataforma de apoyo económico y se presentará de forma telemática en dicha plataforma.
Mínimo de 35.000 euros al jugador a jornada completa
Además deben comprometerse a garantizar un salario mínimo de 35.000€ anuales con dedicación completa para todos los jugadores mayores de 23 años que dispongan de licencia profesional siempre que los ingresos por la cesión de los derechos de televisión sean de un mínimo de 500.000€ de media por equipo que los haya comercializado de forma conjunta, un salario mínimo de 28.000 euros anuales cuando el ingreso medio por equipo por la venta centralizada sea superior a los 350.000€ y de 20.000€ en cualquier otra circunstancia y momento.
Avales para los clubes con resoluciones de Comisión Mixta
Como requisito de inscripción en Primera Federación, si fuere el caso, los clubes deben haber depositado el aval o la cantidad correspondiente, antes de la inscripción en la competición, para aquellos que se encuentren en alguna de las siguientes situaciones:
Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta, al menos en dos ocasiones, como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por un importe acumulado inferior a los 100.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 125.000 euros.
Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe acumulado superior a los 100.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 200.000 euros.
Aquellos clubes que, en cualesquiera de las tres temporadas inmediatamente anteriores hayan tenido resoluciones de la Comisión Mixta como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por este órgano o por los órganos jurisdiccionales federativos, por importe acumulado superior a los 200.000 euros deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 300.000 euros.
Por último aquellos clubes que, en cualesquiera de las cinco temporadas inmediatamente anteriores hayan sido descendidos de categoría como consecuencia de deudas vencidas, exigibles y acordadas por la Comisión Mixta o por los órganos jurisdiccionales federativos y regresasen a dicha categoría deberán suscribir un aval por un importe mínimo de 400.000 euros, ello sin perjuicio del resto de obligaciones reglamentarias.
Los avales deberán tener una vigencia mínima de la totalidad de la temporada.
Cuando la deuda vencida, reconocida y firme se produjere iniciada la temporada, la obligación de prestar el aval correspondiente deberá hacerse efectiva dentro de los diez días siguientes a la notificación fehaciente de dicha obligación.
En el supuesto de no prestar el correspondiente aval dentro de dicho plazo, se acordarán las medidas:
a) No prestación de servicios federativos.
b) Prohibición de organizar y celebrar partidos o competiciones, así como de participar en ellos, salvo que sean de carácter oficial.
c) Prohibición de expedición y/o renovación de licencias de futbolistas, entrenadores/as o de cualesquiera otros técnicos.
d) Cualesquiera otras que no siendo contrarias a las disposiciones estatutarias o reglamentarias resulten adecuadas para el eficaz cumplimiento del acuerdo u obligación de que se trata.
























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