F: Real MurciaDespués de haber denegado la cautelarísima, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Murcia ha emitido un auto por el cual notifica que no es procedente conceder la medida cautelar de anotación preventiva que había solicitado el empresario mexicano Mauricio García De la Vega en la demanda de impugnación de acuerdos sociales presentada contra el Real Murcia.
Según la resolución, esta medida tiene un doble contenido: el procesal, para asegurar la efectividad de la sentencia que en su día recaiga, y el sustantivo, pues como todas las anotaciones, tienen una vertiente de publicidad y avisa a quien acuda al Registro para que tenga en cuenta el litigio existente.
Y para su adopción es necesario que concurran los siguientes requisitos: peligro en la demora, es decir, existencia de un riesgo para la efectividad del proceso y la sentencia; apariencia de buen derecho a favor del demandante; y un tercer requisito, la prestación de fianza.
La juez estima que no se ha probado un peligro concreto y en cuanto a la apariencia de buen derecho, motiva que: “si bien es cierto, -y de ello no cabe la menor duda, dado el carácter vinculante y de cosa juzgada del laudo arbitral del TAS-, que la actora es la propietaria de las controvertidas acciones”, si no ostenta la condición de socia es por “causa a ella imputable”, pues debiera haber solicitado la ejecución del laudo tan pronto tuvo conocimiento de la decisión que le reconocía como titular de las acciones y la falta de voluntad de Corporación de asumirla; “en lugar de pretender imponer esa decisión a un tercero no interviniente en el proceso arbitral, el Real Murcia, a través del requerimiento notarial, con lo que hubiese evitado someter a la demandada al bagaje judicial y mediático que está padeciendo por esa actuación”.
El acuerdo adoptado en la Junta impugnada consistió en una ampliación del capital social del Real Murcia de 18.000.002 euros mediante la emisión de un máximo de 147.541.000 acciones con un valor nominal de 0,122 euros cada una, componiéndose el proceso de suscripción de tres fases.


















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