
En ambos cosas criticaron duramente al colegiado González Fuertes. Falta determinar si se trasladará al Comité de Competición o será finalmente el Comité Jurisdiccional en su sección de Etica quien asuma su procedimiento. El pasado mes de agosto la RFEF nombró como nuevo presidente a Manuel Villoria y a Triviño junto a Araceli Mangas como vocales
Las manifestaciones vertidas por Iago Aspas el pasado sábado nada más finalizar el encuentro entre el Getafe y Celta de Vigo así como el comunicado posterior del equipo gallego atacando duramente la actuación del estamento arbitral, y particularmente contra el colegiado Gonzalez Fuertes, va a ser estudiada por la Federación Española de Fútbol.
Falta conocer si tendrá consecuencias disciplinarias y económicas para los implicados. Ahora mismo debe ser el instructor de los hechos quien determine su naturala jurídica.
Ahora mismo, según hemos podido saber, existen dos vías de actuación desde el estamento federativo. Por un lado sería que la denuncia acabe quedando en manos del Comité de Competición con las consiguientes sanciones económicas para los implicados.
Pero no es la única vía de actuación que podría adoptar esta situación. Porque no es descartable que sea la sección ética del Comité Jurisdiccional quien sea el encargado de analizar o abrir un procedimiento contra el club gallego.
Este último organo ha sido reactivado desde la llegada de Luis Rubiales a la presidencia de la RFEF. Es más el pasado mes de agosto la RFEF nombraba a sus tres nuevos miembros. Como presidente el Manuel Villoria junto a José Luis Pérez Triviño y Araceli Mangas como vocales. Los tres son doctores en derecho.
Este organo, como establece el propio Reglamento de la RFEF, se encarga de los conflictos o reclamaciones que no tengan carácter disciplinario o competicional.
Es más, como viene en el propio reglamento su función será la instrucción, investigación y resolución de todas las acciones que puedan perjudicar la reputación o integridad del fútbol cuando se trata de un comportamiento ilegal, inmoral o carente de principios éticos.
De abrir finalmente un expediente, tanto el Comité de Competición como el Jurisdiccional, se dará traslado al club gallego para que presente alegaciones. En el caso del Comité Jurisdiccional, una vez concluido los plazos, elevaran su propuesta de sanción.
Sanción que podría ir desde la imposibilidad de prestar servicios financieros, prohibición de organizar y celebrar partidos o competiciones no oficiales; prohibición de expedición de licencias de futbolistas, entrenadores o cualquier otro; así como cualquier otra que no sea contraria a las disposiciones estatutarias o reglamentarias. Y esto, como establece el propio reglamento, sin perjuicio “de la responsabilidad disciplinaria que pudiera incurrir la persona física o jurídica”.
En materia disciplinaria, atendiendo a todos los precedentes, este tipo de acciones se castigan en cuanto a jugadores o clubes se refiere con el artículo 89 del Código Disciplinario relativo a aquellos actos notorios y públicos que atenten a la dignidad y decoro deportivos. Artículo que establece una multa entre 306 y 3006 euros. Veremos como queda finalmente el procedimiento abierto contra el conjunto gallego.

















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