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La Catalana de tenis cambia de criterio y excluye al candidato opositor

Judith Martínez i Almendros Martes, 27 de Abril de 2021

Curiosamente, en las elecciones del 2017 al candidato Tamayo, la Junta Electoral le permitió presentarse a las elecciones, aunque uno de los miembros de su precandidatura no cumplía uno de los requisitos

[Img #132755]Las elecciones para que los clubes puedan elegir al Presidente y la Junta Directiva de la Federación Catalana de Tenis (FCT), previstas para este lunes 26 de abril, de momento no se celebrarán.

 

El motivo es que la precandidatura encabezada por Jaume Marques no ha sido admitida por la Junta Electoral, por lo que ha interpuesto recurso ante el Tribunal Català de l’Esport solicitando que la resolución del pasado 20 de abril sea revocada y se admita la candidatura, a la par que la resolución recurrida sea dejada en suspenso mientras se tramita el recurso y no se prosiga con la proclamación de la nueva Junta Directiva surgida de este proceso.

 

La inadmisión de la candidatura viene provocada porque uno de sus 21 componentes (el mínimo a presentar son 18) supuestamente no cumple con uno de los requisitos, por lo que sin que se haya rechazado a toda la candidatura, sí que se deja al tenis catalán sin elecciones.

 

Desde el primer momento se ha intentado dificultar al máximo la celebración de estas elecciones, primero fue el convocarlas en el mínimo tiempo posible, con Semana Santa por medio, que dificultó la recogida de avales (excepto para los directivos convocantes que presentaron avales con fecha anterior a su dimisión); luego la obligación de votar (en plena pandemia y con confinamiento comarcal) físicamente y únicamente en la ciudad de Barcelona, y ahora impugnando la candidatura de Jaume Marques.

 

Curiosamente, en las elecciones del 2017 al candidato Tamayo, la Junta Electoral le permitió presentarse a las elecciones, aunque uno de los miembros de su precandidatura no cumplía uno de los requisitos del reglamento electoral, en aquel momento se excluyó a esa persona de la lista y como el resto de la lista cumplía con todos los requisitos se permitió la admisión de candidatura y por tanto la celebración de elecciones.

 

¿Porque este cambio de criterio?

Independientemente de los argumentos que se puedan esgrimir, el no admitir a una candidatura, que es subsanable, en aras del Derecho de Sufragio, y de lo cual se benefició en las anteriores elecciones el Sr. Tamayo, para ser presidente, da la impresión que de lo se trata es de impedir a toda costa que se celebren elecciones. 

 

Ahora es el mismo candidato Tamayo, el que yendo contra actos previos (lo cual está prohibido por la ley),  impugna la candidatura de Jaume Marqués para que no se pueda votar (así se refleja en el acta de la Junta Electoral del pasado día 14 de abril), aunque Tamayo lo niega, y así consta en una entrevista en la página web de la federación, donde manifiesta que él no impugno la precandidatura alternativa a la suya y lo que es más paradójico, es que la Junta Electoral en su última resolución pendiente de revisión ante el Tribunal Català de l'Esport, lo niega también. Ahí están las Actas que demuestran lo contrario.

 

La candidatura de Jaume Marqués ha puesto en marcha una campaña bajo el lema “queremos votar” dirigida a los clubes y sus presidentes, mediante correo electrónico y WhatsApp, que en 3 días ya ha recogido más de 100 adhesiones, en la más estricta confidencialidad puesto que los clubes temen represalias.

 

Hay que añadir que el recurso contra el rechazo de la candidatura de Marqués se suma a los anteriores recursos presentados ante el Tribunal Català de l’Esport en reclamación de diversas actuaciones del anterior presidente y sus directivos que, según Marqués, han vulnerado el Principio de Igualdad de Oportunidades en el proceso electoral y que junto con la petición de avales antes de dimitir, cursaron una polémica carta de despedida remitida a los federados en los que la Junta saliente ahora proclamada sin pasar por las urnas, hacía alarde del trabajo hecho durante el mandato y que para Marqués era una publicidad institucional  prohibida por las leyes electorales.

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Judith Martínez i Almendros

Abogada

 

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