Sábado, 10 de Enero de 2026

Actualizada Sábado, 10 de Enero de 2026 a las 22:47:54 horas

Iñigo Martinez, sancionado con 4 partidos por agredir a Sergio León

Ramón Fuentes Miércoles, 03 de Marzo de 2021

Como adelantamos en IUSPORT, considera que es agresión y esto supone un mínimo de cuatro encuentros. Inicialmente perderá la vuelta de la Copa de mañana ante el Levante dado que al ser grave se cumplen en las dos competiciones. Ahora puede solicitar la cautelar ante Apelación que podría conceder la suspensión cautelar mientras el club vasco prepara las alegaciones para lo que cuenta con diez días. Hay precedentes esta temporada

Ya anunciamos el pasado domingo que Iñigo Martinez se exponía a una duración sanción después de lo sucedido en los instantes finales del encuentro ante liguero ante el Levante.

 

Coviene recordar que el Díaz de Mera en su acta arbitral una posible agresión del defensa del equipo vasco "fue expulsado por el siguiente motivo: Una vez finalizado el encuentro y estando todavía en el terreno de juego, golpeó con su mano en la cara a un adversario con uso de fuerza excesiva. Este hecho fue comunicado a ambos delegados en el túnel de vestuarios, ya que el jugador implicado había abandonado el terreno de juego".

 

Considerando la redacción del acta arbitral no cabe otra interpretación que la adoptada por el Comité de Competición, que no ha tenido en cuenta las alegaciones del club, y entiende que es una agresión.

 

Así lo tipifica el artículo 98 del Código Disciplinario que le han aplicado en su grado mínimo  "Agredir a otro, sin causar lesión, ponderándose como factor determinante del elemento doloso, necesario en esta infracción, la circunstancia de que la acción tenga lugar estando el juego detenido o a distancia tal de donde el mismo se desarrolla que resulte imposible intervenir en un lance de aquél, se sancionará con suspensión de cuatro a doce partidos."

 

Al tratarse de una sanción grave, el jugador empezará a cumplir en el partido siguiente.  Luego esto supone que se pierde la semifinal de vuelta de la Copa del Rey prevista para mañana jueves ante el Athletic.

 

Así deja claro el artículo 56 del mismo Código: "La suspensión por partidos que sea consecuencia de la comisión de infracciones de carácter grave o muy grave, implicará la prohibición de alinearse, actuar, acceder al terreno de juego, al banquillo y a la zona de vestuarios, en tantos aquellos como abarque la sanción por el orden en que tengan lugar, aunque por alteración de calendario, aplazamiento, repetición, suspensión u otra cualquiera circunstancia, hubiese variado el preestablecido al comienzo de la competición".

 

El Athletic ahora puede recurrir ante Apelación a quien podría solicitar medidas cautelares al considerar que no tiene tiempo para presentar las alegaciones a la sanción. Esto podría suponer que el órgano disciplinario se lo conceda porque hay precedentes esta temporada. Los clubes tienen legalmente díez días hábiles para poder presentar estas alegaciones.

 

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