
La querella denuncia la adopción de un acuerdo de enajenación de la sociedad REAL CLUB DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S A.D a un tercero, ABANCA, perjudicando de manera manifiesta el interés social
El Juzgado de Instrucción número 4 de A Coruña, en un auto de 12 de febrero al que ha tenido acceso IUSPORT, ha admitido a trámite la querella interpuesta por la Asociación de Pequeños Accionistas del Deportivo de La Coruña contra el anterior consejo de administración encabezado por Fernando Vidal, y otras personas externas, por presunto delito societario.
Los hechos denunciados, relatados en la querella a la que ha tenido acceso IUSPORT, consisten -presuntamente- en una "maquinación fraudulenta llevada a cabo con la participación en diferentes grados y actuaciones de todos los querellados (que más adelante se explicará) que concluye con la adopción de un acuerdo de enajenación de la sociedad REAL CLUB DEPORTIVO DE LA CORUÑA, S A.D a un tercero, ABANCA, perjudicando de manera manifiesta el interés social y los intereses societarios de más de 23.000 pequeños accionistas, y sin que ello reporte beneficio alguno apreciable para la sociedad y sí, en cambio para el tercero, ABANCA, y, eventualmente, para los querellados".
Según el auto, "pudiendo ser los hechos denunciados constitutivos de delito SOCIETARIO, y reuniendo la querella los requisitos que establece el art. 277 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, procede acordar su admisión a trámite".
Asimismo, el juez acuerda requerir "al Juzgado de lo Mercantil nº 2 de esta capital a fin de que, en relación con los autos de Concurso 16/2013, dé cuenta de quién fue el administrador concursal, a los efectos de requerir a éste para que informe a cerca de los supuestos créditos y deudas ficticias a las que apunta la querella. Que dé cuenta de si se tuvieron en cuenta tales particulares, y en qué sentido, en la contabilidad del concurso, así como, en su caso, a efectos tributarios frente al pretendido delito fiscal (a pesar de que como es sabido, y resulta de la propia querella, era parte principal en el asunto la AEAT)".
El auto es recurrible en reforma en el plazo de tres días, y en apelación en el de cinco.






















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