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Así figura en las actas de la RFEF la ayuda por vivienda al presidente

Redacción de Iusport Redacción de Iusport Jueves, 21 de Abril de 2022

Hay dos reuniones de la asamblea general de la RFEF de la época de Rubiales en las que se abordó la retribución del presidente, incluida la ayuda por vivienda. La de 24 de julio de 2018 y la de 20 de octubre de 2020.

Según la información en nuestro poder, hay dos reuniones de la asamblea general de la RFEF de la época de Rubiales en las que se abordó la retribución del presidente, incluida la ayuda por vivienda. La de 24 de julio de 2018 y la de 20 de octubre de 2020.

 

En la primera se fija la retribución y se especifica literalmente que, además, "según acuerdo de la Asamblea General de año 1989, se pone a disposición del Presidente de la RFEF una vivienda, cuando tuviera su domicilio habitual fuera de la Comunidad de Madrid".


En la asamblea de 2020 se ratificó el acuerdo de 2018 y, si bien se modificaron los porcentajes del tramo variable de la retribución, no se modificó el fundamento de la ayuda por vivienda (residir fuera de Madrid).


Veamos lo que dicen al respecto las actas de ambas asambleas:


ACTA DE LA ASAMBLEA DE LA RFEF 24 JULIO 2018


"5.3. Acciones retributivas

 

Ausente de la sala el señor Presidente de la RFEF para tratar este punto concreto, el Secretario General se refiere a la politica salarial y de retribuciones de la Real Federación, señalando que existen tres tipos, las que derivan de retribuciones laborales, de prestaciones de servicios y de acciones comerciales o de mandato.


En cada una de ellas hay un modelo de contraprestación, en función de distintos niveles y responsabilidades, o de la aportación efectiva para la RFEF, todo ello sujeto a determinadas reglas y baremos, así como diferentes modelos de contratos en el ámbito laboral. El órgano de control externo actúa con autonomia en todas y cada una de las contrataciones, emitiendo el correspondiente informe.

 

Recuerda que la Asamblea General debe aprobar el salario del Presidente de la Real Federación Española de Fútbol. Senala que no tiene contrato de alta dirección ni de otra naturaleza, y su retribución está vinculada exclusivamente a su condición estatutaria de Presidente.

 

Somete a la consideración de la Asamblea la cuantía de dicha retribución, con una cantidad fija de 160.000 euros brutos anuales, y una retribución variable condicionada a los ingresos por patrocinios, consistente en un 0'6 % de dichos ingresos, si bien con un límite superior máximo del 0'175 % de los ingresos propios de la RFEF. Esta retribución variable será reducida de manera proporcional, hasta un 10% del total del salario bruto, si el Presidente percibiera otros ingresos retributivos procedentes de las federaciones internacionales. La retribución salarial será pagada de manera íntegra de los ingresos propios de la RFEF y, según acuerdo de la Asamblea General de año 1989, se pone a disposición del Presidente de la RFEF una vivienda, cuando tuviera su domicilio habitual fuera de la Comunidad de Madrid.

...

No se produce ninguna otra intervención y acto seguido se somete a la aprobación de esta Asamblea la retribución del Presidente de la RFEF en los términos señalados, que es acordada por 106 votos a favor, ninguno en contray 5 abstenciones".

 

ACTA DE 20 DE OCTUBRE DE 2020


"5.- Asuntos económicos

 

Retoma la palabra el señor Tesorero y significa que la normativa vigente establece que corresponde a la Asamblea General de la RFEF aprobar la retribución de su Presidente.

 

La propuesta para el período 2020-2024, con independencia de que deba ratificarse anualmente por este órgano, se concreta en mantener la misma cantidad fija que fue aprobada por la Asamblea General en 2018, actualizada cada ejercicio, con el IPC anual; y una retribución variable del 0'15% de los ingresos totales anuales liquidados, excluidas las subvenciones públicas.


Recuerda que en el anterior acuerdo retributivo era un límite total del 0'175 %, y ahora se reduce al 0'15% y se desvincula ya de los ingresos relacionados con las operaciones de patrocinio o de marketing. Asimismo, se mantiene la ayuda en concepto de vivienda, aprobada por una Asamblea en el año 1989, pero se fija la cuantía correspondiente a 31 de diciembre de 2019, sin ningún incremento anual".

 

 

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