
Hace unos días aparecía en la portada del diario británico The Sun Sport la noticia de que el Chelsea FC organizará viajes educativos a aficionados que profieren insultos racistas durante los partidos de fútbol.
La sorpresa es la elección del lugar de destino del viaje: el campo de concentración de Auschwitz. La razón es sencilla: las medidas adoptadas hasta el momento -básicamente prohibiciones- con estos aficionados no han sido exitosas.
De ahí, la creencia de que la visión en primera persona de lo que supuso el antisemitismo les permita valorar con más perspectiva el daño que produce la intolerancia y la xenofobia. El resultado que se espera lograr es que estas visitas provoquen en dichos aficionados una mayor conciencia de su actos y cambien de sus comportamientos. Según el presidente del club londinense, Bruce Buck, a diferencia de las medidas punitivas adoptadas hasta el momento, “esta política les da la oportunidad de darse cuenta de lo que han hecho, de hacer que quieran comportarse mejor”.
Valga la mención a este caso para recordar dos ideas: que el conflicto habita en el mundo del deporte, y en ocasiones, se manifiesta de forma violenta y que los mecanismos adoptados hasta el momento no han sido todo lo eficaces que se esperaba y que vale la pena enseñar nuevos métodos que se están aplicando en otros ámbitos sociales.
En efecto, son muchos los casos de violencia que recientemente han golpeado la conciencia de los aficionados al deporte y a la sociedad en general, como también han producido sonrojo e indignación los insultos y amenazas con que frecuentemente los aficionados -muchos veces padres en partidos de alevines u otras categorías inferiores- se increpa a los árbitros.
A estos casos de conflicto y violencia hay que añadir otros como las controversias que surgen entre jugadores y entrenadores, entre deportistas y directivos, entre aficionados (socios) y directivos, etc. Estos conflictos pueden adquirir distintas formas de expresión además de las agresiones y los insultos: invasión de terreno de juego, falta de respeto, desobediencia, etc.
Para enfrentarse a este tipo de conflictos, los clubes deportivos, como también las federaciones, apelan en sus normativas propias a lo que habitualmente se denomina "código disciplinario”. En otras ocasiones las federaciones deportivas ni siquiera disponen de herramientas para incidir en los aficionados o deportistas si no están bajo su cobertura legal.
En todo caso, desde hace años se contempla la posibilidad de recurrir a métodos alternativos como la mediación y la conciliación. En general, tales apartados recogen un esquema de respuesta de marcado carácter "penal retributivo", esto es, se prevé en las normas los comportamientos indeseados y se responde a ellos con sanciones, las cuales suelen ser de carácter económico o "disciplinarias": suspensión de la actividad deportiva o incluso, multas o la expulsión del club.
Es sintomático que los apartados de los códigos deportivos dirigidos a la resolución de conflictos se llamen "disciplinarios", término muy alejado de las pretensiones educativas en valores que ha tenido siempre el deporte. Sin embargo, este modelo clásico -como señalaba el presidente del Chelsea- no está dando el resultado esperado.
Ante la constatación de tal fracaso se han ideado en estas últimas décadas respuestas alternativas (arbitraje, conciliación, mediación) estando algunas de ellas ya recogidas en las normativas deportivas, como por ejemplo en la Ley del Deporte de 1990.
Sin embargo, nosotros proponemos la adopción de un modelo de resolución de conflictos, las prácticas restaurativas, que parece incluir ventajas dadas las características del concreto ámbito deportivo donde se puede aplicar: los clubes deportivos.
En este sentido, es un método que -como se ha visto con el ejemplo de las visitas a Auchwitz- en lugar de focalizar su atención a la retribución atiende a la educación del infractor, mediante la concienciación del daño cometido y la asunción de la necesidad de repararlo.
Su aplicación en los conflictos deportivos, en especial, aquellos que tengan como protagonistas a menores de edad parece manifiestamente factible, solucionando con ello alguno de los problemas perentorios del modelo disciplinario antes visto, y es que difícilmente se evita la reincidencia.
La asunción de este método es especialmente relevante si nos tomamos en serio que los clubes son instituciones formativas, en especial en lo que concierne al deporte base.
La idea de que la formación del joven deportista debe compatibilizar el desarrollo de las habilidades físicas con la formación en valores que lo hagan una mejor persona -o como mínimo más consciente de las consecuencias que producen sus actos en terceras personas- es el cimiento sobre el que se erige la consideración del deporte como un bien social que debe ser promocionado por los poderes públicos: los clubs forman personas a la vez que deportistas.
Si esto es así, existe un interés público en que las entidades deportivas sean cada vez menos el foco de conflictos y que, simultánezamente, sepan transmitir a los deportistas valores positivos así como las herramientas para que gestionen eficazmente las emociones que conducen al conflicto y a la violencia.
---------------
José Luis Pérez Triviño
Profesor Titular de Filosofía del Derecho (acreditado como catedrático). Universidad Pompeu Fabra (Barcelona). E-mail: jose.perez@upf.edu.
Raúl Calvo Soler
Profesor Titular de Filosofía del Derecho. Universidad de Girona. E-mail: raul.calvo@udg.edu


















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28