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ProLiga insta al CSD a pronunciarse sobre la impugnación de las Bases de Tercera

José Sellés José Sellés Martes, 24 de Agosto de 2021
F: RFEFF: RFEF

La Federación obliga a las Territoriales que apliquen los descensos necesarios para que la próxima temporada todos los grupos tengan un máximo de 16 equipos, lo que provoca desigualdades y puede suponer una avalancha de descensos en varias ligas

La temporada en la Tercera RFEF tiene todas las papeletas para comenzar movida. La Comisión de Clubes de Tercera y Segunda División B, bajo la denominación de ProLiga solicitó semanas atrás a la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) la modificación de las Bases de Competición para dicha categoría este curso y desde Las Rozas recibió una negativa como respuesta.

 

El motivo de la impugnación lo encontramos en los descensos. Según las Bases de la RFEF, las Federaciones Territoriales tienen que decidir el número de descensos que habrá en cada grupo con el fin de que en la temporada 2022/23 haya un máximo de 16 equipos en todos los grupos, algo que, además de generar desigualdades entre las distintas ligas esta temporada, provoca que en ciertos grupos pueda haber una avalancha de descensos.

 

El claro ejemplo del perjuicio que provoca este punto de las Bases de Competición lo encontramos en el Grupo VII, conformado por los clubes madrileños, donde hay un total de 21 participantes. Como explica ProLiga, "en el hipotético supuesto de que descendiesen de 2ª División RFEF a 3ª División RFEF los cuatro equipos del ámbito de Madrid (CDA Navalcarnero, CD Leganés B, Unión Adarve y Móstoles)" supondría la obligación de descender "de 3ª División RFEF a Preferente de Aficionados, un total de 12 equipos, los clasificados en los puestos 10º al 21º, ambos inclusive". Es decir, los clubes de mitad de tabla para abajo descenderían.

 

ProLiga solicitó a la RFEF que modificara este punto de las Bases, pero, según explica la asociación que preside David Jiménez, "la RFEF contestó que no podía atender a la petición y que en la Temporada 2022/23, sí o sí, debía estar integrado el Grupo VII de la 3ª División RFEF por 16 equipos".

 

Tras recibir una negativa por respuesta, ProLiga llevó a cabo una impugnación del texto ante el Consejo Superior de Deportes (CSD) "entre otros motivos, al considerar que la reducción de equipos a dieciséis es contraria a lo dispuesto en el Reglamento General RFEF, máxime cuando dicho texto normativo sigue previendo la posibilidad de que por descensos de uno o dos Clubes de Segunda "B (2ª División RFEF) a Tercera División (3ª División RFEF), el Grupo podrá quedar constituido de manera supernumeraria, en 21 equipos o 22; conclusión de que el número ordinario de composición de cada uno de los Grupos de 3ª División RFEF es de 20".

 

Y no le falta razón en su argumentación a ProLiga. Es en el artículo 195 del Reglamento de la Federación donde se contempla que "cuando algún grupo de Tercera División tras consumarse los ascensos y descensos, al mismo o del mismo, previstos por razones clasificatorias, se viera incrementado con un número mayor de equipos procedentes de Segunda B en él incluidos por criterios geográficos, ello no determinará, si el número de tales fuera uno o dos, el descenso a categoría territorial de ninguno de los que mantuvieron, por su puntuación la de dicha Tercera División, quedando el grupo constituido por veintiuno o, en su caso, veintidós equipos".

 

Además, sigue estableciendo que "las Federaciones de ámbito autonómico están facultadas para enervar lo dispuesto en el apartado anterior, en el sentido de que aun siendo uno o dos los equipos procedentes de Segunda División "B" que incrementen su grupo, ello determine que en idéntico número desciendan de Tercera a categoría territorial".

 

Así, "siendo más de dos los supernumerariamente descendidos, deberán descender asimismo el número igual al de tal exceso los clubes que hubieran ocupado los puestos inmediatamente anteriores a los que perdieron la categoría por su puntuación".

 

El precepto concluye afirmando que "cuando, por cualquier circunstancia un grupo quede constituido supernumerariamente deberán adoptarse las previsiones pertinentes estableciéndose el número de descensos que corresponda para que la situación quede regularizada al término de la temporada". Ahora el balón está en el tejado del CSD, que tiene alrededor de 10 días para pronunciarse. El próximo domingo 5 de septiembre comienza la competición en el grupo madrileño y una decisión estimatoria para ProLiga podría generar un buen problema para la RFEF y la Federación de Fútbol de la Comunidad de Madrid, esta última como organizadora de la competición.

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