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La Copa del Rey podría no tener, tambíen, límite de extracomunitarios

Ramón Fuentes Ramón Fuentes Sábado, 11 de Agosto de 2018

La Ley del Deporte y el Real Decreto de Federaciones Deportivas reconoce sólo a la Liga de Primera y Segunda como competiciones profesionales. El torneo del KO, también propiedad de la RFEF y en igualdad de condiciones de la Supercopa, permite la misma normativa

Este sábado 11 de agosto la RFEF, en una resolución sin precedentes, abre la puerta a que este domingo tanto el Fútbol Club Barcelona y el Sevilla puedan disputar este partido sin límite de de extracomunitarios.

 

La pregunta que surge es: ¿Y por qué ahora y no antes?¿Esto es aplicable también a la Copa del Rey, la otra competición que también es propiedad de la RFEF? 

 
Y la repuesta es sí. Como bien expone la circular de la RFEF “la Supercopa es una competición de carácter estatal, tutelada y organizada por la misma federación. La pregunta que puede surgir es,¿Y por qué no es aplicable está misma condición a la Copa del Rey?
 
Pues bien, y según hemos podido saber, también esta extralimitación de jugadores no comunitarios es igual de aplicable en el trofeo de su Majestad el Rey. 
 

El asunto viene regulado, en desarrollo de la Ley del Deporte de 1990, por el del Real Decreto 1251/1999, sobre sociedades anónimas deportivas, que deja claro cuáles son las competiciones profesionales. Y en el fútbol sólo están Primera y Segunda División A.

 

La Disposición adicional sexta de este Real Decreto establece (Competiciones profesionales):

 

"A efectos de lo previsto en las disposiciones adicionales y transitorias de la Ley del Deporte, son competiciones de carácter profesional y ámbito estatal, las actualmente existentes en las modalidades deportivas de fútbol y baloncesto:

Primera y segunda división A de fútbol.

Primera división masculina de baloncesto, denominada liga ACB".

 

Por otro lado, recuérdese que el apartado 2 del artículo 32 de la Ley 10/1990, de 15 de octubre, del Deporte fue modificado por la Ley contra la violencia en el deporte de 2007 ( Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte), en cuya disposición adiconal segunda se le dió la siguiente redacción:

 

«2. Los estatutos de la federaciones deportivas españolas incluirán los sistemas de integración y representatividad de las federaciones de ámbito autonómico, según lo establecido en las disposiciones de desarrollo de la presente Ley. A estos efectos, la presidencia de las Federaciones de ámbito autonómico formarán parte de las Asambleas generales de las Federaciones deportivas españolas, ostentando la representación de aquéllas.

 

En todo caso, para que las federaciones de ámbito autonómico puedan integrarse en las federaciones deportivas españolas o, en su caso, mantener esa integración, deberán eliminar cualquier obstáculo o restricción que impida o dificulte la participación de extranjeros que se encuentren legalmente en España y de sus familias en las actividades deportivas no profesionales que organicen.»

 

Luego por tanto, al igual que sucede con la Supercopa, la Copa del Rey tampoco está recogida como competición de carácter profesional.

 

Es más, si acudimos al convenio de coordinación existente entre la RFEF y la propia Liga, y que actualmente está en proceso de negociación, nos encontramos esta misma línea argumental. En el Título III relativo a las relaciones económicas entre ambas entidades, el punto uno habla del Campeonato de su Majestad el Rey y la Supercopa y el texto es contundente al respecto: “Es competencia legítima de la RFEF la calificación y organización en exclusiva de las competiciones de ámbito estatal, entre las que se encuentran el Campeonato de España-Copa de su majestad el Rey y la Supercopa”. 

 

Es decir aún cuando Laliga interviene en la explotación comercial hasta semifinales del torneo y también en la disposición de la competición en cuanto al modelo a doble partido, no tiene competencia alguna sobre el torneo del KO. Luego no siendo una patronal, como así sucede, nos lleva al punto de partida que no es considerada de carácter profesional. Eso explica que puedan participar clubes de Tercera y Segunda B. Que llegado el caso, y si ganaran la final de Copa o incluso sólo disputando la final, podrían jugar la Supercopa. 


Pero hay un punto más que defiende claramente esta argumentación y que puede ser una auténtica bomba de relojería. La propia circular emitida hace unas semanas por la RFEF en cuanto a la organización de las competiciones nacionales, deja claro en su punto tres de las disposiciones generales que sólo en la primera de dichas categorías (refiriéndose a Primera división) podrán inscribirse “hasta tres jugadores extranjeros no comunitarios” y en Segunda “hasta dos, pudiéndose alinearse simultáneamente”. 

 

Luego parece claro que está decisión de la RFEF adoptada este sábado genera un precedente muy peligroso porque, considerando que la Copa del Rey no es una competición profesional al igual que sucede con la Supercopa, como ha quedado acreditado; los clubes a partir de ahora podrían reservarse extracomunitarios para el torneo del KO. Es decir inscribir los tres obligatorios para participar en Primera y Segunda y tener a otros para participar en el torneo de Copa y poder contar con ellos en toda la eliminatoria incluida la final. 

 

Sin duda esto ataca de lleno a la AFE y replantea la urgente negociación del acuerdo firmado en 1999 entre la Liga-RFEF y la propia AFE por el cual desde la temporada 2004-2005 solo se pueden tener tres licencias de jugadores extracomunitarios y ser alineados los tres a la vez. No olvidemos que ese acuerdo partía de un dibujo inicial de poder tener a cinco jugadores extracomunitarios pudiendo solo ser alineados a la vez tres de ellos existente a finales de los noventa.

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