Alfonso Escribano, presidente de la CAFD / fedamon.comEl Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía ha aprobado el nuevo decreto que regula las entidades deportivas andaluzas y el régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas, que sustituye la normativa actual, tras más de dos décadas en vigor, y supone una modificación sustancial en el panorama normativo del deporte en Andalucía.
La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas (CAFD) ha emitido este miércoles un duro comunicado contra el nuevo decreto que regula las entidades deportivas andaluzas y el régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades Deportivas
Para esrta confederación, el nuevo decreto contempla un sinfín de rigurosas obligaciones administrativas encaminadas a un puro intervencionismo público. A su juicio, redacta un escenario que nada tiene que ver con la actualidad de las entidades deportivas andaluzas.
Aunque algunos de sus apartados son positivos para el deporte andaluz, su desarrollo y puesta en práctica, conlleva mucha complejidad para clubes y federaciones deportivas por el incremento de costes que supondrá en sus presupuestos y por la complejidad burocrática frente a la Administración.
Estos son los puntos claves que destaca la La Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas (CAFD):
OBLIGACIONES INALCANZABLES
Así lo ha venido anunciando la Confederación Andaluza de Federaciones Deportivas (CAFD) en numerosas ocasiones, ante los actuales dirigentes de la Consejería de Educación y Deportes. El exceso de obligaciones, encaminadas a una intervención pública de las entidades deportivas andaluzas, podrían suponer una infracción de derechos fundamentales.
Se impone la creación de múltiples órganos, comisiones deportivas, excesiva burocracia administrativa, auditorías obligatorias con coste a las propias federaciones, numerosas incompatibilidades que tan siquiera se regula en otros ámbitos económicos. Todo ello, unido a la falta de inversión, recursos económicos y herramientas de gestión, darán lugar al puro caos y desigualdad en el mundo deportivo andaluz.
REDUNDANCIA DE COMITES E INCOMPATIBILIDADES DE CARGOS
Además de los órganos internos que eran propios de las entidades deportivas, con esta regulación legal, se obliga la creación y puesta en funcionamiento de nuevos Comités que, sin menospreciar su relevancia social, supondrán un gran esfuerzo económico para federaciones y clubes deportivos.
En el mismo sentido, nos referimos a la estricta redacción sobre incompatibilidad de cargos, teniendo en cuenta que, muchos de los miembros de entidades deportivas andaluzas se han especializado y se tienen que multiplicar para poder llevar la gestión de distintas entidades por falta de personal y/o recursos económicos, sin olvidar la limitación de contratación a despachos profesionales que puedan llevar varias entidades deportivas y que formen parte de sus órganos especializados y de dirección, por falta de profesionalidad en las materias y el aumento de responsabilidad, lo que implica de forma subliminal una nueva restricción de derechos.
LIMITACIÓN DE MANDATOS A LOS DIRIGENTES DE CLUBES
Es de relevancia destacar en éste nuevo texto legal, el elevado grado de intervención al limitar los periodos de mandatos de los presidentes de clubes deportivos si no estuviesen previstos en sus Estatutos. Esta medida, que fue aplicada en todos los supuestos para las Federaciones Deportivas en la Ley del Deporte de 2016, fue argumentada aludiendo a las funciones públicas delegadas a éstas, sin embargo, no se debe olvidar la naturaleza privada que el Tribunal Constitucional les otorgó en 1985 tanto a clubes como federaciones, que se financian también con recursos privados que no proceden de las arcas públicas. Sin duda, es una medida exagerada para aquellas federaciones y clubes pequeños que tienen mucha dificultad para mantener la continuidad de sus modalidades deportivas.
LA CONFEDERACION ANDALUZA DE FEDERACIONES DEPORTIVAS Y EL CONSEJO ANDALUZ DE FEDERACIONES DEPORTIVAS
Como no podría ser de otra forma, la única herramienta para canalizar un mayor control sobre las entidades deportivas andaluzas, es a través del CONSEJO ANDALUZ DE FEDERACIONES DEPORTIVAS, un órgano creado a imagen y semejanza de la entidad ya existente, CONFEDERACION ANDALUZA DE FEDERACIONES DEPORTIVA (CAFD), ésta última, de naturaleza privada aunque reconocida en todos los ámbitos públicos, e integrada por 60 federaciones deportivas andaluzas, su labor principal es la representación de aquellas, y la defensa objetiva por los intereses de su colectivo, por lo que debe pronunciarse ante las injusticias deportivas.
Es evidente que, cuando algo no interesa, se opta por el camino paralelo. Es lo que ha ocurrido con la creación de este nuevo órgano público, a pesar de la manifestación expresa de oposición, del 90 por ciento de las federaciones deportivas andaluzas, y abstención del resto, únicos agentes implicados, y que desean como interlocutor privado a la CAFD. Para más ironía, este órgano estará constituido por 16 miembros, de los cuales 9 son designados por la Consejería, y 7 por las federaciones. Es decir, un Órgano PÚBLICO con mayoría de representantes designados por la Administración, que desempeñará funciones similares a las de la CAFD, y establecerá un mandato para las vocalías de 4 años, con un máximo de dos mandatos. En pocas palabras, la falta de equidad generará 8 años de imposición pública.
Habría que preguntarse hasta dónde puede llegar a intervenir la Administración Pública en la estructura interna de una entidad privada, aunque tenga parte de sus funciones delegadas. Existe un núcleo constituido por la autonomía de las asociaciones y sus asociados, que es indisponible para cualquier autoridad y el cuál debe respetarse.
TEXTO ÍNTEGRO DEL NUEVO DECRETO










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