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Liga profesional femenina: las 2 propuestas de estatutos, un verdadero problema

Cristian Zarroca Blanco Cristian Zarroca Blanco Martes, 21 de Septiembre de 2021

¿Por qué está parada la creación de la Liga? Porque no hay consenso con los estatutos de la asociación y no lo hay entre los miembros que la integrarán, es decir, entre los clubes que formarán la nueva Liga.

 

En las últimas semanas venimos leyendo diferentes noticias y comunicados en relación con la constitución de la nueva Liga Profesional femenina. Muchas de ellas centraban la causa de la paralización de este proceso en la tramitación por parte del CSD, pero ¿es la única causa? De hecho, ¿se puede considerar al CSD como el principal responsable de esta situación?


Estamos todavía en el proceso de constitución de la nueva Liga Profesional femenina, es decir, de la nueva asociación que gestionará y tutelará la competición profesional que el CSD calificó como tal el pasado mes de junio.


Debe tenerse en cuenta que la nueva Liga será eso, una asociación, cuyo proceso de constitución está regulado de forma especial en el Real Decreto 1835/1991, sobre federaciones deportivas españolas y, de forma supletoria, en la Ley Orgánica 1/2002, reguladora del derecho de asociación.


Ciertamente el Real Decreto no se explayó demasiado en 1991 en relación con la constitución de ligas profesionales. Básicamente se centró en la parte relativa a la presentación y aprobación de los estatutos de la asociación, punto en el que nos encontramos actualmente.

 

¿Por qué está parada la creación de la Liga?

 

Porque no hay consenso con los estatutos de la asociación y no lo hay entre los miembros que la integrarán, es decir, entre los clubes que formarán la nueva Liga.


En un primer momento, se presentó ante el CSD una propuesta de estatutos que estaba respaldada por 12 de los 16 clubes que formarán la Liga. El CSD, conociendo que había clubes que no secundaban ese texto, abogó por una unanimidad que es muy difícil o imposible de conseguir y que no se exige realmente. Pero esa unanimidad que exigía el CSD y que inicialmente no se entendió, cobró sentido cuando semanas después, 3 clubes (FC Barcelona, Athletic Club de Bilbao y Real Madrid) de los 4 restantes presentaron una propuesta alternativa de estatutos. Aquí sí que se ha generado un auténtico problema, porque el Real Decreto se refiere, en todo momento, a que los clubes que formarán la nueva Liga deben presentar UNA propuesta de estatutos, que es la que el CSD analizará y someterá a aprobación, en su caso, de la comisión directiva.


Pero nos encontramos que ahora mismo hay dos propuestas diferentes, presentadas por miembros de la futura liga. Ante esta circunstancia se podría considerar que el CSD debería tramitar la primera de ellas, por ser la primera y por venir secundada por más clubes, pero sería una decisión discutible jurídicamente y susceptible de recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa por parte de los otros clubes. De hecho, las dos propuestas se presentaron fuera del plazo de dos meses que establece la legislación, respecto al momento en el cual el CSD calificó la competición como profesional.


El CSD se suele mostrar reacio cuando existen varios promotores o impulsores para un mismo proyecto de nueva entidad deportiva. Ha pasado con federaciones que pretendían constituirse mediante iniciativa de dos promotores y el CSD hizo que uno de ellos desistiera expresamente de su solicitud y es previsible que pase en este caso, donde es probable que vaya a ser necesario una declaración por parte de uno de los suscriptores de los dos textos estatutarios, en similar sentido. Y no va a ser fácil.


No lo va a ser porque lo que subyace de esta controversia es que el grupo minoritario no está de acuerdo con la previsión estatutaria relativa a las mayorías para modificar estatutos o para adoptar según qué decisiones, que los promotores del primer texto plantearon en 2/3, quórum bastante habitual en entidades de similar naturaleza. Para el grupo minoritario esto implicaría que los 12 impulsores del primer texto tendrían “libertad” para tomar decisiones importantes, al contar con esa mayoría cualificada y por eso proponen una mayoría todavía más importante: 90%. No debe olvidarse que estos 3 clubes que han propuesto el segundo texto de estatutos son el FC Barcelona, el Athletic Club de Bilbao y el Real Madrid, cuya importancia y relevancia deportivo-económica no hace falta mencionar.


A todo esto hay que añadir que, en la creación y constitución de este tipo de entidades, se escoge una junta o comisión gestora que administra la entidad desde que el CSD la reconoce e inscribe, hasta que se desarrolla el primer proceso electoral. Esa junta gestora contará con un presidente o representante que, dada la urgencia de temas que afectarán a esta nueva asociación (derechos audiovisuales, por ejemplo) es posible que deba tomar alguna decisión para el buen funcionamiento de la nueva entidad, a pesar de que posteriormente deba ser ratificada esta decisión por la nueva presidencia y/o asamblea.


En definitiva, parece que la actual situación de bloqueo no se ha generado por el modo en el que se está tramitando la solicitud que se está llevando desde el CSD (o, al menos, no únicamente por este motivo) sino que pueden estar existiendo divergencias internas entre los clubes relacionadas con el control de la nueva Liga, que actualmente lo que están provocando es que se retrase su creación e inscripción y que los verdaderos perjudicados sean ellos, los propios clubes.


Ojalá pueda solucionarse pronto.

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Cristian Zarroca Blanco

Abogado
Socio de DARLEGAL CONSULTING SL

 

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