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El TAD rechaza el recurso del Tenerife contra la sanción de clausura parcial de su estadio

Redacción de Iusport Redacción de Iusport Jueves, 28 de Junio de 2018

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El Tribunal Administrativo del Deporte (TAD) ha rechazado el recurso del Club Deportivo Tenerife contra la sanción de clausura parcial del estadio Heliodoro Rodríguez López.

 

Se confirma asi la resolución del pasado 10 de mayo, del Comité de Apelación de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), que a su vez confirmó la dictada por el Comité de Competición.

 

Los hechos sucedieron el pasado 21 de abril cuando durante la disputa del Tenerife-Huesca la linier  Guadalupe Porras Ayuso recibió el impacto de una moneda procedente de la grada. Este hecho propició que el árbitro del partido, Isidro Díaz de Mera, suspendiera temporalmente el partido mientras tomaba una decisión sobre el desenlace final del mismo a raíz del golpe de su compañera. El partido pudo finalizar y lo hizo con la victoria de los pupilos de Joan Francesc Ferrer 'Rubi' por 2-4.

 

El Comité de Competición sancionó al club canario con la clausura parcial del Heliodoro Rodríguez López y una multa económica de 1.500€ por infracción del artículo 101 del Código Disciplinario. Dicho precepto conduce al artículo 15 del reglamento que indica que "cuando con ocasión de un partido se altere el orden, se menoscabe o ponga en peligro la integridad física de los árbitros, jugadores, técnicos o personas en general, se causen daños materiales o lesiones, se produzca invasión del terreno de juego, se exhiban símbolos o se profieran cánticos o insultos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes, o se perturbe notoriamente el normal desarrollo del encuentro, incurrirá en responsabilidad el club organizador del mismo, salvo que acredite el cumplimiento diligente de sus obligaciones y la adopción de las medidas de prevención exigidas por la legislación deportiva para evitar tales hechos o mitigar su gravedad". En la medida en que el Tenerife era el equipo que jugaba como "organizador", se exponía a una importante sanción por el lamentable comportamiento de un espectador.

 

Sin embargo, Apelación accedió a la petición del conjunto chicharrero y concedió la cautelar, por lo que mientras duraba la deliberación sobre el fondo del asunto, el Tenerife podía reabrir la grada afectada por la sanción.

 

Pero Apelación, al entrar en el fondo, consideró que "la aplicación normativa llevada a cabo por el Comité de Competición aparece como totalmente congruente y relacionada con la acción objeto de sanción calificada como de alteración del orden del encuentro de carácter grave". Además, Apelación considera que "la sanción impuesta se considera proporcionada por parte de este Comité, ya que la cuantía económica se encuentra ajustada a derecho, sin llegar siquiera a su imposición en su grado medio de cuantía y de manera indisociable va aparejada la clausura parcial de las instalaciones deportivas por un partido".

 

El Tenerife todavía puede interponer un recurso ante el Tribunal de lo contencioso administrativo.

 

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