F: Mundo DeportivoSe incorporará esta próxima semana y su función será trabajar "por la inclusión y la diversidad cultural, funcional, generacional y de género" para "aportar valor" al club. Para ello, el club ha modificado previamente el código ético
La llegada de Joan Laporta a la presidencia del FC Barcelona ha conllevado el inicio de una renovación de la estructura orgánica del club azulgrana.
En este contexto, el club ha creado “una nueva posición que nos permitirá asegurar que el FC Barcelona es un club donde se trabaja por la inclusión y la diversidad cultural, funcional, generacional y de género dentro de nuestro colectivo”, según informa Mundo Deportivo.
Y para ocupar dicho nuevo cargo se ha designado a Maite Laporta, hermana del presidente, que se incorporará al club con fecha 7 de junio. El cargo exacto será el de ‘responsable de Incusión y Diversidad’ y reportará directamente a Xavier Mas, ‘Chief Compliance Officer’ y delegado de Protección de Datos del FC Barcelona.
Ahora bien, dado el parentesco, para poder efectuar el nombramiento, el club modificó el pasado 31 de mayo su código ético, como señala Juan Jiménez en AS.
El código anterior que impedía que un familiar directo de un directivo ocupase cargos en el club.
La modificación del texto ha generado bastante revuelo en las oficinas del Barça y sus trabajadores, ya que donde antes quedaba claro en el código ético que no podía haber contrataciones hasta cuarto grado de consanguinidad, el asunto ha quedado ahora en un etéreo "ascendientes o descendientes", esto es, padres o hijos de los directivos. Maite es hermana de Joan Laporta.
Según explicó el periodista Martí Molina en el diario Ara, el entorno de la directiva de Laporta justifica el cambio del código ético porque el anterior era demasiado restrictivo. El club explica además que el Compliance Officer ha dado el visto bueno al nombramiento.
Maite Laporta es licenciada en Comunicación Integral y Marketing por la Univesitat Abat Oliba y ha cursado un posgrado en Procesos Editoriales en la UOC y también formación superior orientada al Marketing Digital y E-commerce.
Las diferencias entre el código ético anterior y el nuevo
Como señala Mundo Deportivo, en el Código Ético en vigor hasta ahora, el capítulo 7 (‘Compromisos específicos respecto a los miembros de la Junta Directiva y de las comisiones estatutarias, así como al personal de alta dirección’) especificaba que, “de acuerdo con los Estatutos, y por la naturaleza de sus funciones, los miembros de la Junta Directiva y de las comisiones Económica, Disciplinaria, Jurídica, Social y Deportiva, así como el personal de alta dirección, están sujetos a compromisos específicos la supervisión de los cuales queda sometida a la Comisión de Control y Transparencia”.
Entre los preceptos y las incompatibilidades señaladas específicamente en el Código Ético, se consideraban algunas prácticas “contrarias a los principios y valores” apuntados en el Código como valores a seguir. Y entre esas prácticas: “Contratar laboralmente o mercantilmente parientes, hasta el cuarto grado de consanguineidad o afinidad, ya sea personalmente o a través de sociedades en que participen o trabajen”.
En cambio, el nuevo código interno modifica sustancialmente el punto que hace referencia a los parientes cuya contratación no está permitida. No se debe “contratar laboralmente o mercantilmente parientes, ascendientes o descendientes (....), a no ser que la solvencia profesional de la persona a contratar, así como sus méritos y condiciones, sean contrastadas y justifiquen la conveniencia objetiva de contratar a aquella persona (...). En tal caso, será necesario establecer una comparativa con dos candidatos más y un informe/conclusión que se someterá a la votación de la junta directiva (...)”.
Fuentes del Barça han asegurado a Mundo Deportivo que este Código Ético se ha adaptado ’literalmente’ del decreto de directivos de la Generalitat. Y que los términos ‘ascendientes o descendientes’ se refieren a padres o hijos, no a hermanos o primos.




























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