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Entrevista con Javier Hervás, responsable del Máster ISDE, IUSPORT y KPMG

Redacción IUSPORT Redacción IUSPORT Domingo, 27 de Mayo de 2018

Entrevista a Javier Hervás, responsable del Máster Internacional en derecho y gestión deportiva Isde, Iusport y KPMG

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Hemos tenido la ocasión de conversar con Javier Hervás, responsable de la Dirección Académica del Máster Internacional en Derecho y Gestión Deportiva ISDE, IUSPORT y KPMG, para que nos indique cuáles son los aspectos a destacar de la novena edición del Master.

 

Javier Hervás es responsable de KPMG SPORTS AREA Legal, con más de veinte años de experiencia en Derecho deportivo.

 

ENTREVISTA

 

PREGUNTA.- Sr. HERVÁS, ¿Cuáles son los objetivos que se plantea la Dirección Académica del Máster como imprescindibles para el éxito de la acción formativa?

 

RESPUESTA.- Los objetivos son dotar al alumno de todos los instrumentos y mecanismos prácticos y conceptuales necesarios para articular con éxito relaciones jurídicas con organismos deportivos de naturaleza pública y privada. Combinar las materias necesarias para un profesional del derecho (legislación civil, laboral, administrativa, derecho deportivo, derecho de contratación, técnicas de negociación, marketing, esponsorización, seguros y merchandising, ley de propiedad intelectual, recursos humanos, derechos de televisión y federativos) con el desarrollo de las habilidades necesarias en cualquier gestor deportivo.

 

Siendo alumnos y profesionales en ejercicio, el Máster sirve para actualizar conocimientos y adquirir las habilidades que con seguridad aprenderán con el desarrollo de los casos prácticos y formación del profesorado. Poder ampliar las miras profesionales y cartera de clientes, dándose también a conocer, como alumnos que se han formado en el ISDE.

 

P.- ¿A qué colectivos va dirigida esta acción formativa?

 

R.- El Máster Internacional en Derecho y Gestión Deportiva ISDE, IUSPORT y KPMG está dirigido fundamentalmente a profesionales Licenciados en Derecho Administración y Dirección de Empresas, Periodismo, Educación Física. Agentes FIFA, cuya actividad esté vinculada directa o indirectamente al mundo del deporte, que quieran desarrollar y potenciar sus conocimientos en el ámbito del derecho deportivo internacional.

 

El método a distancia ISDE permite trasladar al estudiante un aprendizaje dinámico y práctico, con el objetivo de que aplique en su trabajo diario los conocimientos adquiridos.

 

P.- ¿Cuál es la procedencia de los alumnos?

 

R.- En lo relativo a sus estudios previos y sector profesional, son Licenciados en Derecho Administración y Dirección de Empresas, Periodismo, Educación Física. Agentes FIFA.

 

Por lo general tienen experiencia en el sector a nivel local pero requieren del componente internacional de programa. Asimismo, dependiendo de sus estudios previos, los que sean del ramo jurídico necesitarán del componente gestión deportiva y viceversa.

 

En lo que respecta a la procedencia geográfica, alumnos nacionales, internacionales de Iberoamérica, EEUU y Europa con nivel alto de Español.

 

P.- ¿Cuál es el formato: online, presencial o ambas posibilidades?

 

R.- El formato es on-line, culminando la formación con una semana presencial en la que no sólo se imparten clases, sino que también se toma contacto con instituciones deportivas y con profesionales del sector. Es la forma de culminar un programa muy exigente y de generar sinergias entre todos los que participamos en el mismo. 

 

P.- ¿Qué metodología suele usarse para desarrollar los diversos módulos del programa?

 

R.- Como le he dicho, el programa es muy exigente, dura de octubre a julio, cada sesión online es objeto de un examen test impartiéndose tres a la semana, y con casos prácticos que han de resolver los alumnos. El estudio y la orientación práctica de los conocimientos adquiridos es lo que creo que mejor caracteriza el programa y, desde luego, el foro online con el profesorado.

 

P.- ¿Podría indicarnos qué materias son abordadas por los diversos profesores?

 

R.- El Máster consta de diecinueve módulos o bloques temáticos, en los que tocamos la práctica totalidad de las cuestiones relacionadas con el Derecho y la gestión deportiva: desde relaciones laborables a Derecho Mercantil, las organizaciones deportivas tanto nacionales como internacionales, el dopaje, las telecomunicaciones, la fiscalidad, la responsabilidad civil, y desde luego la resolución de disputas en este ámbito prestando especial atención al TAS. Y desde luego que se presta también atención al marketing y a la comunicación.

 

P.- ¿Cuál es el perfil del profesorado?

 

R.- Lo primero a destacar es que un 90% de nuestro profesorado lleva con nosotros las nueve ediciones del Master demostrando compromiso y dedicación, a lo que hay que añadir su alta cualificación profesional al provenir todos ellos del ámbito universitario, del judicial y de prestigiosas firmas posicionadas en el derecho deportivo como referentes de mercado. Su compromiso con nuestro master también pone de manifiesto su alta dedicación y su interactuación intensa con nuestros alumnos lo que garantiza accesibilidad y profundidad en el contenido de cada una de las materias.

 

P.- ¿Qué posibilidades de inserción en el mundo laboral tendrán los alumnos que superen todos los requisitos exigidos?

 

R.- En el ámbito del deporte la necesidad de juristas bien preparados es evidente, y el Máster responde a ello. Será difícil que en un despacho profesional, una consultora, un empresa de representación o en una entidad deportiva se plantee un problema que resulte extraño a nuestros alumnos. No dejamos ningún tema sin tratar de los que puedan encontrarse en la vida real, desde la disciplina deportiva hasta la gestión de los derechos televisivos, toda la problemática de los contratos de trabajo, la fiscalidad o las sociedades deportivas, sin descuidar los aspectos internacionales a lo que prestamos especial atención.

 

Incluso tenemos un Módulo sobre coaching deportivo. No sólo hay que tener conocimientos, sino también herramientas para mejorar y, desde luego, liderar equipos.

 

P.- ¿Cuáles son las materias más demandadas por los alumnos para profundizar en su estudio?

 

R.- Depende de la promoción, y el curso que viene será la décima. Son muchos los temas que se tratan, aunque sí se observa un muy especial interés en todo lo que se refiere al aspecto internacional de las entidades deportivas.

 

Ni que decir tiene que la especialización requiere de continuidad en el estudio y de estar atentos a los cambios que puedan producirse en todo lo que es objeto de regulación. Tenemos eso en cuenta y ofrecemos siempre la posibilidad de profundizar en el estudio de todas las materias que se tratan. De hecho, todas las sesiones online concluyen con una bibliografía recomendada a tal fin.

 

P.- ¿Qué opina Vd. del desarrollo del Derecho deportivo español? ¿Podríamos asegurar que nos encontramos con un sector cuyo crecimiento está siendo imparable con la proliferación de artículos técnicos en revistas, libros publicados, jornadas y Congresos que se organizan en todo el territorio y con los Masters especializados en la materia?

 

R.- Creo que tengo que responder desde la perspectiva que me da haber desarrollado mi carrera en este sector desde hace 24 años y en este tiempo se ha pasado de la anécdota a la extrema necesidad por parte de los agentes deportivos propiamente dicho, y de los agentes económicos que inciden en la industria del deporte.

 

La presencia del deporte en nuestra sociedad como elemento de desarrollo social y educativo, y su trascendencia en el ámbito económico ha generado la necesidad de generar marcos normativos a nivel local y a nivel internacional, de naturaleza positiva y de naturaleza convencional, específicamente deportivos y otros de afectación al hecho deportivo, derivado todo ello de la necesidad de dotar de una mayor seguridad jurídica a todos aquellos que se han vinculado de un modo u otro al deporte, y desde ahí, en consecuencia, se ha hecho más explicita la necesidad de un asesoramiento más técnico y especializado.

 

P.- ¿Qué opina Vd. de la excesiva judicialización del deporte? ¿Es normal que una alineación indebida en el fútbol no profesional pueda acabar en el juzgado competente?

 

R.- No es una pregunta sencilla si la abordamos desde el derecho a la tutela judicial efectiva que puede ser invocada por el titular del derecho que se ve afectado por una sanción administrativa.

 

No obstante, si la abordamos desde la necesidad de que la resolución de los conflictos en el mundo del deporte se resuelvan con la celeridad necesaria que permita la ejecución de la actividad deportiva en el menor tiempo posible por parte de aquel que se vea afectado por la restricción de alguno de sus derechos, sigo abogando por que se encuentre una solución de congruencia entre la multiplicidad de organismos arbitrales que inciden en la solución de conflictos en el ámbito del deporte y la necesaria aplicación de la norma positiva en el interés de lograr una efectiva tutela judicial, y que aquellas resoluciones de conflictos amparadas en la mal llamada, a veces, “especificidad deportiva” no limiten derechos reconocidos por la norma positiva a los sujetos en conflicto.

 

El reto se encuentra en aunar el necesario principio de celeridad de la resolución de conflictos, que nos acercaría a las soluciones extrajudiciales, con el principio de seguridad jurídica que evite resoluciones que en la mayoría de las ocasiones responden a una razón de equidad mal entendida en detrimento del derecho de alguna de las partes en conflicto.

 

P.- ¿Cree Vd. que la resolución de conflictos en el deporte mediante métodos alternativos –ADR-  será algo habitual en los próximos años? ¿Consideran Vdes. esta materia como importante en su programa?

 

R.- Me remito a lo dicho anteriormente. Y en nuestro programa este capítulo se aborda en profundidad en diversos apartados porque la resolución extrajudicial de los conflictos a través de procedimientos arbitrales esta en la idiosincrasia de la resolución de conflictos en la actividad deportiva.

 

P.- Aprovechando su amplia experiencia en el sector, ¿qué opina del marco jurídico de los agentes de deportistas (intermediarios, según la nueva terminología)?

 

R.- En esta materia sigo advirtiendo una profusa conflictividad entre todos aquellos que participan en la relación jurídica: jugadores, intermediarios y clubs, de donde deduzco que el marco jurídico no está lo suficientemente ajustado a la realidad de la relación que existe entre las partes.

 

Mi experiencia es que el “intermediario/agente de deportista” es necesario para el deportista ante la complejidad de las relaciones jurídicas que van surgiendo alrededor del deportista, la profesionalización de los clubs de fútbol,  así como con el componente internacional de su actividad. Ahora bien, creo que más allá del marco jurídico en que se enmarca su relación, en lo que se debe profundizar es en el contenido real de esa relación entre las partes: mera intermediación o representación real de los intereses del deportista frente a terceros, y además, creo, que la relación debe ser presidida por una mayor transparencia y buena fe entre las partes.

 

P.- ¿Propone Vd. alguna mejora en cuanto a la regulación del deporte profesional y aficionado en España?

 

R.- Estamos en estos momentos en un proceso de profunda reflexión sobre la modificación de la Ley del Deporte con profusión de ideas y propuestas y reconozco que de lo escuchado y debatido me inclino por aquellas posiciones que abogan por definir primero el modelo de estructurar jurídicamente la actividad deportiva: si vamos a continuar o no con el modelo federativo como elemento preponderante desde el que desarrollar modelos de deporte profesional solo en aquellas actividades deportivas que lo permitan. Definir este modelo debe conllevar a un segundo estadio más complejo aún: clarificar la autonomía organizativa de las federaciones respecto del estado, ya sea el central, ya sea el autonómico, y su conexión y coordinación con la organización internacional del deporte.

 

Respecto de los deportistas, creo que el debate, siendo complejo, puede ser más sencillo: aconsejo la separación clara del régimen jurídico de aquellos que podemos considerar “deportistas profesionales” porque ejercen su actividad en ligas profesionales: fútbol, baloncesto, ciclismo o semi-profesionales: balonmano; o que ejercen su actividad en ámbitos de elevada profesionalidad: atletismo (en algunos casos), natación (en algunos casos), tenis, deportes de motor, por ejemplo; de aquellos deportistas que puedan acceder a una retribución económica derivada de su actividad deportiva que de origen a una relación jurídica de naturaleza laboral; y, por último, diferenciar de aquellos que desarrollen su actividad deportiva en ámbitos claramente aficionados que puedan ser compensados por los gastos que derivan de la actividad deportiva o de manera simbólica premiados por resultados.

 

Son ideas que ya se manejan en diferentes foros que por supuesto no son excluyentes de otras tantas cuestiones a abordar también complejas: profundizar en la colaboración del estado central y la autonomías en el desarrollo de la actividad deportiva, clarificar la relación ligas profesionales-federaciones deportivas, abordar el tema de la protección de la seguridad social en los deportes individuales (y, en particular, en el caso de las mujeres deportistas), solucionar la relación jurídica de los árbitros en todas las modalidades deportivas, etc…

 

Muchas gracias, Sr. HERVÁS, por su deferencia hacia IUSPORT y a sus lectores, permitiéndonos conocer su visión sobre el Derecho deportivo actual y los rasgos principales del Máster Internacional en Derecho y Gestión Deportiva que Vd. dirige.

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INFORMACIÓN SOBRE EL MÁSTER

 

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