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El Tribunal de la UE dice que el público desconoce lo que significa EL CLÁSICO

José Miguel Fraguela José Miguel Fraguela Miércoles, 24 de Febrero de 2021

Hay que vivir en una burbuja, o en Marte, para hacer esa afirmación y a continuación rechazar el recurso contra la negativa de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a registrar la marca "El Clásico".

El Tribunal General de la Unión Europea, en una sentencia a la que ha tenido acceso IUSPORT, considera que la marca EL CLÁSICO no ha "adquirido la capacidad de permitir al público pertinente identificar los servicios de que se trata atribuyéndoles una procedencia empresarial determinada".


Hay que vivir en una burbuja, o en Marte, para hacer esa afirmación y a continuación rechazar el recurso presentado por LaLiga contra la negativa de la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) a registrar la marca "El Clásico".


¿Realmente hay alguien en el mundo del fútbol, no sólo español, sino a nivel mundial, que desconozca lo que significa EL CLÁSICO y que lo organiza LaLiga?


EL CLÁSICO es uno de los eventos más seguidos a nivel mundial desde hace muchos años, junto a la Super Ball, el Mundial de Fútbol, los JJOO o la Eurocopa, por citar los más relevantes. Por citar sólo una de las últimas ediciones, EL CLÁSICO celebrado en diciembre de 2017 fue retransmitido en directo a 188 países.


Sin embargo, la Corte con sede en Luxemburgo declaró que esa denominación carece de carácter distintivo, una de las exigencias para poder registrar una marca.


El hecho de carecer de carácter distintivo constituye un motivo de denegación del registro de una marca, dijo la corte.


Los jueces recordaron que, según la normativa comunitaria, basta con que se aplique uno de los motivos de denegación absolutos previstos para que un signo no pueda ser registrado como marca de la Unión, dijo hoy el tribunal.


El litigio comenzó cuando la EUIPO denegó el registro de "El Clásico", que había sido solicitado para una muy amplia gama de servicios (incluidas las actividades deportivas y culturales, la organización de concursos y entrega de premios, así como de competiciones deportivas y de programas de radio y televisión, la producción de eventos deportivos para la radio y televisión y de películas sobre aspectos relacionados con el fútbol).


LaLiga recurrió esa resolución y  el 1 de octubre de 2019 la EUIPO desestimó ese recurso, por lo que el organismo español recurrió ante el Tribunal General, alegando que la marca "El Clásico" no puede considerarse descriptiva o carente de carácter distintivo, por una parte, debido a sus características intrínsecas y, por otra, debido al alto nivel de conocimiento, popularidad y reputación que la marca ha adquirido debido al uso que se ha hecho de ella.


En su sentencia dictada hoy, el Tribunal General desestima el recurso y confirma la decisión de la EUIPO y considera que esa oficina actuó correctamente al considerar que no se ha demostrado que una parte significativa del público pertinente percibiera la marca solicitada como una indicación del origen comercial de los servicios que designa.


Contra las resoluciones del Tribunal General puede interponerse un recurso de casación ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

 

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