La FIFA obliga a los internacionales a estar totalmente localizados para el control antidoping
![[Img #67744]](upload/img/periodico/img_67744.jpg)
Es una de las nuevas modificaciones del Reglamento Antidopaje de FIFA que entró en vigor el pasado martes 15 de enero y que vuelve a actualizarse ahora en mayo.
En enero pasado publicamos en IUSPORT las grandes modificaciones que presenta en Reglamento Antidoping de FIFA que entro en vigor a principios del año 2018. Concretamente el pasado 15 de enero. Pues bien la FiFA ha llevado a cabo una serie de modificaciones a las que ha tenido acceso IUSPORT, cambios que la RFEF ha puesto en conocimiento a todos sus clubes y que adjuntamos debido que entrarán en vigor a partir del próximo 1 de mayo. Dos son los cambios más sustanciales que presenta esta nueva normativa.
La primera afecta a la vigencia del Reglamento de FIFA de cara a la normativa de las distintas confederaciones. Y aquí no cabe duda, siempre prevalece lo que dije la máxima institución del fútbol mundial. Así está recogido apartado 1 del Artículo 2 donde incluye este nuevo texto que no estaba en la redacción inicial del documento que entró en vigor el pasado 15 de enero y que dice textualmente: “en caso de discrepancia entre el Reglamento FIFA y cada conferencia, prevalece siempre la normativa FIFA”. Luego queda claro que siempre prevalece la reglamentación antidopaje de la institución residente en Zúrich.
Pero mucho más importante es el cambio que establece el apartado 5 del artículo 3 respecto a la localización de los jugadores internacionales de cara a futuros controles antidopaje. Ya en el articulado de principios de año deja claro que “todo jugsfor internacional debe informar acerca de su paradero. Podrá delegar la disposición de su paradero en un reoresentante del equipo”.
Pero es aquí donde viene la gran novedad en el texto que no estaba recogido en el texto inicial que entró en vigor hace ahora poco más de tres meses. Textualmente expone lo siguiente: “aún así, en caso de delegar en un representante del club, el internacional será el único responsable de cumplimentar la información sobre su paradero”. Es decir es el internacional quien debe informar acerca de su localización en cualquier momento y no sirve delegar. El no hacerlo podría exponerlo a sanciones.
Controles antidopaje desde seis meses antes de la cita mundialista además no establece un plazo previo obligatorio para informar
Estos cambios se suman a las grandes modificaciones que se llevaron a cabo con motivo del texto que entró en vigor el 15 de enero y donde llama especialmente la atención el cambio realizado respecto al plazo para poder realizar controles a las selecciones que participen en competiciones organizadas por FIFA como ya adelantamos en su momento en IUSPORT.
Desde ahora ese plazo se amplía en un período de cuatro meses. Hasta ahora, y según rezaba el artículo 1 apartado 2 c del anexo relativo al paradero, “El grupo de control de precompetición de la FIFA incluye a las selecciones nacionales que participan en la competición o en las competiciones seleccionadas por la FIFA durante la fase de preparacióndos meses previa a la competición o las competiciones. Se informará de su selección a los equipos correspondientes al menos tres meses antes del inicio de la competición”.
Pues bien en la nueva redacción del texto que acaba de entrar en vigor este pasado 15 de enero hay dos cambios muy sustanciales respecto al anterior. Primero en cuanto al plazo previo para poder realizar estos controles y segundo respecto a la obligatoriedad de anunciarlo con antelación. El nuevo texto, que la FIFA acaba de enviar a todas las federaciones nacionales, dice lo siguiente: “El grupo de control de precompetición de la FIFA incluye a las selecciones nacionales….durante la fase de preparación de seis meses previa a la competición o las competiciones. Se informará de su selección a los equipos correspondientes”.
Esto supone que desde este 14 de enero pasado, justo un día antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento, todas las selecciones que se han clasificado para la disputa del Mundial de Rusia podrían recibir la visita de los vampiros de FIFA. Empezando por el parón previsto para el próximo mes de marzo destinado a que las selecciones, y especialmente las clasificadas para el Mundial, puedan disputar amistosos de preparación para la cita mundialista. Entre ellas está lógicamente la selección española que dirige Julen Lopetegui. Hasta ahora estos controles no se podían hacer hasta prácticamente la concentración previa a la gran cita de selecciones.
Además es especialmente llamativo la redacción de la última parte del citado apartado donde ya no fija la fecha de un mes de antelación como obligatoria para anunciar a la selección la realización de dichos controles, sólo habla de “se informará de su selección a los equipos correspondientes”. Se trata sin duda de un cambio de FIFA respecto a los controles y habrá que estar pendientes para ver si España es una de las selecciones que recibe esta visita de los vampiros de FIFA buscando encontrar algún caso de dopaje en el fútbol mundial. Esto explica el porqué la selección española como muchas otras sufrieron la visita de los vampiros con motivo de los últimos amistosos que disputó la selección de Julen Lopetegui.

















Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.28