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La Federación Andaluza de Remo impugna el reglamento electoral de la Española

REDACCIÓN IUSPORT REDACCIÓN IUSPORT Jueves, 25 de Febrero de 2021

"Y todo ello se ha hecho bajo una delicada circunstancia: la actual Presidenta de la FER, Doña Asunción Loriente, es miembro de la Comisión Directiva del CSD".

 

El presidente de la Federación Andaluza de Remo ha impugnado ante el propio CSD, en reposición, la resolución adoptada por la Comisión Directiva del CSD en su reunión del 4 de febrero del corriente por la que aprueba el Reglamento Electoral de la Federación Española (FER), y más concretamente en lo que se refiere al Art. 15.2 b) y 4 de dicho texto reglamentario, en el que se contemplan las delegaciones territoriales de la FER como miembros natos de la Asamblea General.


Denuncian "la intención -y las maniobras- de la FER de crear delegaciones territoriales en comunidades autónomas en las que no había ni práctica del remo, ni deportistas, ni clubes, con la única finalidad de nombrar a unos delegados territoriales que pudieran formar parte –como miembros natos- de la Asamblea General que decida la elección del Presidente de la FER, tras un proceso electoral cuya convocatoria se ha dilatado todo lo posible hasta conseguir tal objetivo, una dilación que incluso dio lugar a requerimientos y apercibimientos por parte del Director General de Deportes, que a la postre no han servido para impedir semejante desafuero", dice el recurso al que ha tenido acceso IUSPORT.


Y añade:
 

"La FER se ha creado un marco jurídico-electoral en beneficio palmario de las expectativas futuras de sus actuales gestores, creando de manera exprés y de forma improvisada, seis nuevas delegaciones territoriales para que (unidas a las 2 ya existentes) puedan votar como miembros natos en la Asamblea General que elija al futuro Presidente de la FER".

 

"Y todo ello se ha hecho bajo una delicada circunstancia: la actual Presidenta de la FER, Doña Asunción Loriente, es miembro de la Comisión Directiva del CSD".

 

"Por tanto, el presente recurso se formula para reponer la resolución adoptada por el CSD, ya que la misma supone otorgar carta de naturaleza a la existencia de 8 delegaciones territoriales (2 antiguas y 6 nuevas) meramente instrumentales, carentes de realidad material, con un descarnado y descarado propósito electoral, creadas en los dos meses inmediatamente anteriores a la convocatoria del proceso electoral y provocando una demora indebida y reprobable en dicha convocatoria".

 

"Y todo ello con la única finalidad de modificar el resultado de unas elecciones que deben  estar presididas por actos y comportamientos democráticos, sometidos a los principios de igualdad, legalidad e imparcialidad".

 

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