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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Jueves, 22 de Marzo de 2018

La RFEF regula la indumentaria de los equipos de Primera

A partir de la próxima temporada sólo podrán utilizar un mínimo de dos equipaciones y un máximo de tres. Deberán notificarlo quince días antes del comienzo de la competición a la RFEF

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El pasado mes de febrero la FEF hacía oficial sus modificaciones en su Reglamento y Código Disciplinario después de su aprobación por parte de la Comisión Directiva del CSD. En su momento desde IUSPORT ya os adelantamos las novedades disciplinarias tanto en el articulado como la creación de la figura del nuevo observador disciplinario.


Pero también son muchas las modificaciones disciplinarias a las que ha tenido acceso IUSPORT y que os iremos contando en las próximas fechas. Una de ellas radica en torno a la indumentaria de los clubes de Primera, Segunda y Segunda B. Hasta ahora el artículo 216 relativo a la indumentaria de los clubes, nada decía acerca del número que cada club puede emplear durante el transcurso de la temporada. Pues bien eso se modificará a partir de la próxima campaña 2018-2019.


Tal y como queda recogido en el nuevo texto reglamentario, “los clubes deberán disponer de un mínimo de dos y un máximo de tres uniformes oficiales, los cuales deberán ser notificados a la RFEF con una antelación mínima de quince días al primer partido oficial de cada temporada”.


Pero además el citado artículo regula aún más al establecer que “dichos uniformes deberán ser autorizados por la RFEF y no podrán ser sustituidos durante el transcurso de la temporada”. Este último punto añade que “todo ello sin perjuicio de las competencias de la Liga Nacional de Fútbol Profesional”


Además esta primera parte del citado artículo 216 añade que será el árbitro “quien podrá adoptar las medidas necesarias para el correcto cumplimiento de estas disposiciones”.


Esta modificación puede parecer baladí pero sin duda tratar de evitar la tendencia de algunos clubes de intentar crear indumentarias ad hoc para un determinado encuentro o apoyándose en una determina coyuntura. De esta forma los clubes, y las marcas que le patrocinan, ya saben que solo podrán utilizar tres indumentarias sea cual sea la situación, el momento o el rival en cuestión.

 

Esta normativa de algún modo se equipara a la existente en la UEFA donde los clubes deben presentar sus equipaciones con antelación, ya sea para jugar en la Liga de Campeones como en la Liga Europa. Y como bien queda recogido en la última parte del nuevo texto reglamentario el árbitro está capacitado para impedir a cualquier club para el empleo de una indumentaria que no esté dentro de los tres oficialmente presentados ante la RFEF.

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