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Ramón Fuentes
Ramón Fuentes Lunes, 19 de Marzo de 2018

¿Habrá cautelar de los tribunales a favor de Villar antes del 9 de abril?

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Según informaciones de IUSPORT el contencioso dará a conocer su veredicto antes de las elecciones a la presidencia de la RFEF. Si le dieran la razón se suspendería el proceso electoral volviendo a la situación previa al 22 de diciembre

 

El pasado 28 de febrero nuestro compañero José Miguel Fraguela escribía acerca del recurso presentado por Ángel María Villar solicitando la cautelar por la medida adoptada por el TAD el pasado 22 de diciembre donde destituía al entonces presidente de la RFEF.

 

En el mismo, Fraguela detallaba claramente la situación dejando además patente un error desde al TAD a la hora de destituir al dirigente Vasco. Por lo menos, según la opinión del entorno más próximo a Villar, a si lo consideraba.

 

Textualmente en su artículo decía que “En el entorno de Villar entienden que no es posible sancionar con la destitución del cargo a un presidente de una federación deportiva en base al artículo 79.2 de la Ley del Deporte, desarrollado por el artículo 22.3 del Real Decreto 1591/1992, al amparo del citado artículo 85 de la Ley, pues el artículo que desarrolla la Ley del Deporte no deja dudas de que se exige reincidencia en la comisión de la infracción durante la misma temporada, lo cual no ha sucedido en este caso concreto”.

 

Pues bien, según hemos podido saber en IUSPORT, hay muchas opciones para que el Tribunal del Contencioso Administrativo que lleva el procedimiento de Ángel María Villar resuelva antes del próximo 9 de abril, fecha fijada para la celebración de elecciones a la presidencia de la RFEF donde se presentan dos candidatos, Luis Rubiales y Juan Luis Larrea.

 

Más que nada porque conocen perfectamente las fechas que acompañan al proceso electoral federativo y lo importante que puede suponer está resolución en el futuro de la Ciudad del Fútbol.

 

Si bien parece difícil lograr cautelares, más cuando ya le negaron la cautelarísima, según informaciones a las que ha tenido acceso IUSPORT hay que valorar y considerar que la Justicia le conceda la cautelar a Ángel María Villar.

 

Pues bien, llegado el caso, esto supondría exponernos a una situación rocambolesca. Porque si la justicia le concediera la cautelar a Villar, quedaría suspendida la sanción de destitución impuesta por el TAD; luego, el dirigente vasco volvería a recuperar su condición de presidente de la RFEF.

 

Y esto traería consigo una segunda afectación inmediata y que pasa por quedar suspendidas de inmediato las elecciones a la presidencia de la RFEF.

 

Dado que Ángel Villar volvería a ser presidente, con acepciones que comentaremos posteriormente, dejaría de poder aplicarse el artículo 34 punto 8 que establece que “si el Presidente cesará en su cargo por causa distinta a la conclusión de su mandato..” deben convocarse elecciones. Situaciones en la que estamos actualmente.

 

Dicho de otro modo, automáticamente debería suspenderse el proceso electoral y tendríamos que regresar a la situación existente el pasado 22 de diciembre. Entonces, conviene recordar, que Juan Luis Larrea era el presidente en funciones de la RFEF atendiendo al apartado 7 del mismo artículo 34 después de que la Comisión Directiva del CSD suspendiera temporalmente durante un año a Villar, después de destaparse la operación Soule.

 

Pero bajo este escenario, como ya sucedía entonces, no cabía la opción de las elecciones como solución al estancamiento en el ente federativo. La única opción, como bien recogen los propios Estatutos y la Orden Ministerial que regula los procesos electorales en las federaciones deportivas, era la presentación de una moción de censura al presidente. Acto para lo cual necesitas el respaldo de una tercera parte de los miembros de la Asamblea. Algo que ya intentó Luis Rubiales en su día, con fecha prevista para su celebración del 16 de enero pasado, pero que nunca se llevó a cabo al producirse la destitución del presidente objeto de la censura por parte del TAD.

 

Habrá que estar muy pendiente porque nos encontraríamos ante una situación de locos. En caso de no ser así, es decir que la medida cautelar no fuera concedida, todo seguiría igual y será el 9 de abril cuando conozcamos al futuro presidente de la RFEF.

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