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Fútbol femenino y profesionalismo

Jagoba Goiri Martes, 18 de Mayo de 2021
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Se puede entender que la primera división del fútbol femenino es profesional por el mero hecho de estar formado por deportistas que cumplen con los criterios establecidos en el  artículo 1 del Real Decreto 1006/1985 cuando dispone que “Son deportistas profesionales, quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dediquen voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución. Quedan excluidos del ámbito de esta norma aquellas personas que se dediquen a la práctica del deporte dentro del ámbito de un club percibiendo de éste solamente la compensación de los gastos derivados de su práctica deportiva.”

 

Es necesario aclarar las confusiones que pueden surgir del término profesional. No es lo mismo que un deporte sea profesional y que sus competiciones sean profesionales, esto es, la palabra profesional en referencia a deporte o a competiciones tiene significados y, por tanto, efectos jurídicos distintos. 

 

En el ordenamiento jurídico español pueden existir Ligas que, aunque estén formados por clubes y deportistas profesionales, no tienen la calificación de Liga profesional. Los ejemplos más conocidos podrían ser la Liga de Fútbol Femenino y la Liga de Fútbol Sala. 

 

De acuerdo con la Ley del Deporte (artículo 41) “En las Federaciones deportivas españolas donde exista competición oficial de carácter profesional y ámbito estatal se constituirán Ligas, integradas exclusiva y obligatoriamente por todos los Clubes que participen en dicha competición”. Esto es, encontramos que  en el seno de la Federación nace un nuevo ente con personalidad jurídica propia y autonomía para su organización interna, además de la potestad para organizar sus propias competiciones. 

 

Así, mientras no exista una Liga profesional, la potestad para organizar las competiciones compete a la Federación, pero en el momento que una competición obtenga la calificación de profesional nacerá una Liga profesional con tal potestad. 

 

Hasta este punto no parece que haya especiales problemas jurídicos. Los principales problemas podrían encontrarse por la parte “política” del deporte para conservar la competencia para organizar una competición. Pero, más allá de eso encontramos la existencia de problemas jurídicos que no son baladí. 

 

Al atender la redacción del Real Decreto 1251/1999 sobre Sociedades Anónimas Deportivas, en su primer artículo cuando dispone “Los clubes, o sus equipos profesionales, que participen en competiciones deportivas oficiales de carácter profesional y ámbito estatal deberán ostentar la forma de sociedad anónima deportiva”.

 

Esto puede conllevar, que FC Barcelona, Real Madrid y Athletic Club tengan que transformar su división femenina en Sociedad Anónima Deportiva, lo que causaría una escisión de estas del “club matriz”. Esta separación puede conllevar que estos clubes no encuentren interesante su permanencia en la máxima división del fútbol femenino.
Es tal la situación que podría conllevar la salida de la competición por parte de dos clubes como FC Barcelona y Real Madrid, cuyo impacto en el valor de la competición es innegable al ser dos de las marcas con mayor impacto en el mundo del deporte a nivel global. 

 

Nos encontramos en una situación donde la regulación actual ha quedado obsoleta para hacer frente a las situaciones actuales. Respecto a los términos para entender cuándo una competición es profesional, dice la Ley del Deporte en su artículo 46 que “serán criterios para la calificación de competiciones de carácter profesional, entre otros, la existencia de vínculos laborales entre Clubes y deportistas y la importancia y dimensión económica de la competición.” 

 

La situación actual sobre el profesionalismo del deporte femenino requiere de nuevas respuestas que la legislación actual no aborda, pues esta cuestión es otra de las muchas cuestiones actuales que evidencian que la regulación vigente se encuentra superada por el mero hacer de la realidad. 

 

El fútbol femenino está en un proceso de desarrollo y crecimiento, su declaración como profesional y su convenio colectivo son pruebas de ello, pero se ha de ser consciente de las consecuencias de las decisiones que se tomen. 

 

Abogar por una nueva regulación que aborde estos nuevos retos mediante un marco legislativo que facilite su desarrollo y encare las nuevas realidades, podría ser la mejor forma de encauzar esta situación que vive el fútbol femenino y otras disciplinas deportivas.

 

Por todo ello, a título personal celebro el debate sobre la condición profesional del fútbol femenino. Es interesante observar y analizar los pasos que se están dando en dirección de la igualdad de género, donde además se abren otros debates relacionados con los derechos humanos, sin embargo, considero que, en la actualidad, el marco regulatorio español genera incertidumbres sobre las consecuencias que conllevaría la calificación jurídica del fútbol femenino como una competición profesional. 

 

La incertidumbre no debería ser característica que pavimente el camino que está desarrollando el deporte femenino. 

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