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La Audiencia confirma la sanción a Osasuna por facilitar el acceso a Indar Gorri

REDACCIÓN IUSPORT Sábado, 06 de Noviembre de 2021

Según la sentencia de la AN, "se permitió su acceso al grupo de aficionados radicales/ultras Indar Gorri, consintiendo que estos encendiesen bengalas y otros artificios pirotécnicos, y asimismo que exhibieron pancartas de grandes dimensiones ..."

La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha confirmado una multa de 100.000 euros que impuso la Comisión Nacional de Antiviolencia al Club Atlético Osasuna por haber favorecido el acceso y las actividades de Indar Gorri en un entrenamiento a puerta cerrada en marzo de 2018 previo a un partido contra el Cádiz, según adelanta Noticiasdenavarra.com

 

Facilitar el acceso a dicha sesión del 2 de marzo de 2018, de los aficionados que encendieron bengalas en uno de los fondos del estadio, supone una infracción grave prevista en el artículo 21.1.g) de la Ley 19/2007, que tipifica "la organización, participación activa o incentivación y promoción de la realización de actos violentos, racistas, xenófobos o intolerantes de especial trascendencia por sus efectos para la actividad deportiva".

 

Según la sentencia de la AN, "únicamente se permitió su acceso al grupo de aficionados radicales/ultras Indar Gorri, consintiendo que estos encendiesen bengalas y otros artificios pirotécnicos, y asimismo que exhibieron pancartas de grandes dimensiones con la leyenda de dicho colectivo. A su vez, al acabar el entrenamiento, se permitió que los jugadores se dirigiesen al graderío donde se hallaban los integrantes del citado grupo, para saludar a los mismos, mostrándose de este modo su agradecimiento, sumisión y respeto (sic)".

 

Según Noticiasdenavarra.com Osasuna ya depositó el dinero en el momento de conocer la multa y no recurrirá ante el Supremo la sentencia pese a discrepar de la misma, debido a las costas y los posibles intereses que podrían acumularse en caso de que el fallo volviera a quitarles la razón.

 

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