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José Miguel Fraguela
José Miguel Fraguela Miércoles, 14 de Febrero de 2018

¿Realmente no tiene competencia el CSD para suspender a los "barones"?

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La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD) acordó ayer inhibirse y trasladar a sus respectivas comunidades autónomas los expedientes abiertos a los cinco presidentes de las federaciones territoriales de fútbol imputados (investigados) por el Juez Pedraz en la Operación Soule y expedientados por el TAD.

 

Se trata de Jacinto Andrés Alonso (Rioja), José Miguel Monje (Murcia), Diego Martínez (Melilla), Antonio García Gaona (Ceuta), Vicente Muñoz (Valencia) y José Ángel Pélaez (Cantabria), los mismos que firmaron una carta a favor de Villar a pocas semanas de las elecciones de 2017.

 

Según confirmó el CSD, dicha comisión acordó NO suspenderles en base a que la apertura de expediente disciplinario por parte del TAD se realizó en su condición de directivos de la RFEF, siendo así, dice el CSD, que "la posibilidad de la suspensión decae al haber renunciado a estos cargos".

 

Estos presidentes están entre los investigados por el juez Pedraz, que el 20 de julio ordenó el ingreso en prisión del presidente Ángel María Villar, por presuntos delitos de administración desleal, apropiación indebida y/o estafa, falsedad documental y corrupción entre particulares.

 

Entre las afirmaciones del juez, que decretó la libertad de Villar bajo fianza el 31 de julio pasado, figura que éste pudo haber concedido "beneficios a algunos de los presidentes de las federaciones territoriales en cuyo ámbito no tenía asegurado el apoyo, disponiendo del patrimonio ajeno que administra de la RFEF" con el objetivo de garantizar "la mayoría necesaria" para ser reelegido".

 

Estos hechos llevaron al TAD a destituir a Villar como presidente el pasado 22 de diciembre y ayer la junta directiva de la RFEF, constituida en junta gestora, convocó elecciones a su presidencia para el próximo 9 de abril.

 

Peláez fue el último presidente de territorial de fútbol expedientado por el TAD el 26 de diciembre y declaró en la Audiencia Nacional la semana pasada.

 

Por lo que respecta a los barones imputados y dimitidos, la Comisión Directiva del CSD entiende que por ello carece de jurisdicción sobre tales dirigentes territoriales.

 

Sin embargo, los mismos que han dimitido, siguen siendo miembros natos de la asamblea de la RFEF. Por consiguiente, habrá que concluir que se trata de un argumento muy débil. Es más, pareciera que han utilizado la dimisión para huir de la jurisdicción deportiva estatal.

 

La denuncia del CSD

 

El 25 de agosto de 2017, el Consejo Superior de Deportes  (CSD) comunicó que tras estudiar el informe solicitado a la Abogacía General del Estado, había trasladado en dicha fecha la solicitud de apertura de expediente disciplinario a los hasta ahora presidentes de las Federaciones territoriales de fútbol de Valencia, La Rioja, Murcia, Melilla y Ceuta todos ellos miembros de la actual Junta Directiva de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), tal como había certificado la propia Federación.


Por la tarde, a través de un comunicado anónimo, pero publicado desde algunos de los propios presidentes de federaciones territoriales, se comunicó que desde el 23 de agosto hasta el mismo día 25 habían dimitido 14 presidentes de federaciones territoriales de su cargo en la Junta Directiva de la RFEF, entre los que se encontraban los cinco presidentes de federaciones territoriales a los que el CSD había solicitado la apertura de expediente sancionador al Tribunal Administrativo del Deporte (TAD).

 

Análisis


Sin entrar a valorar la motivación de dichas dimisiones sobre si guardan relación con la solicitud de apertura de expediente disciplinario y la posible suspensión de su cargo, el CSD se planteó si, tras la dimisión, el CSD y el TAD tiene competencia sobre los citados presidentes al no formar parte de la Junta directiva, pudiendo ser solo suspendidos a través de los correspondientes órganos autonómicos.


La vigente ley del Deporte de 1990, recoge en su artículo 10, relativo a las funciones de la Comisión Directiva del CSD la siguiente:


d) Suspender motivadamente y de forma cautelar y provisional, al Presidente y demás miembros de los órganos de gobierno y control de las Federaciones deportivas españolas …


Por tanto, el CSD, como se ve, solo tendría competencias para suspender a los citados presidentes si forman parte de los órganos de gobierno y control de la Federaciones Deportivas españolas.


Los estatutos de la RFEF regulan, en su titulo VI, los órganos de la RFEF, recogiendo en el capítulo 2 de los órganos de gobierno y representación a la Asamblea general, mientras que en el capítulo 3, de los órganos complementarios, la Junta Directiva y la Comisión de Presidentes de Federaciones de ámbito autonómico.


Por tanto, y conforme a los Estatutos de la Federación, la Asamblea General es un órgano de gobierno, como no podía ser de otra manera, siendo la Comisión de Presidentes de Federaciones de ámbito autonómico un órgano complementario de gobierno al mismo nivel y condición que la Junta directiva.


Estos dos órganos, Asamblea General y Comisión de Presidentes de Federaciones de ámbito autonómico, per se, están integrados por todos y cada uno de los presidentes de las Federaciones territoriales.


Por tanto, al tener el CSD, igual que el TAD, competencia sobre los miembros de los órganos de gobierno y control de las federaciones deportivas españolas, y mantener los afecrados su condición de asambñeístas de la RFEF, además de pertenecer a otros órganos de la misma, parece ser que nada obstaba para que se procediera a suspender cautelar y temporalmente a los citados presidentes.


Pero no fue eso lo que acordó la Comisión Directiva, en un acuerdo muy endeble al que se le ve poco recorrido.

 

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TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DEL TAD INCOANDO EXPEDIENTE A LOS CINCO BARONES

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA CARTA DE APOYO DE LOS PRESIDENTES D ELAS TERRITORIALES

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN DEL TAD

 

LA CARTA DE LA POLÉMICA REPROBADA POR EL TAD


Lea más en https://iusport.com/not/56288/el-tad-abre-expediente-a-los-5-presidentes-de-territoriales-imputados-por-el-juez-pedraz#zLKwISPUU7uEMX6t.99

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