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Javier Rodríguez Ten
Javier Rodríguez Ten Martes, 06 de Febrero de 2018

El contexto y el fin de la norma en el "caso Piqué"

La conducta de Piqué tras marcar el gol en el derby excede del mero análisis de un gesto repetido en diferentes ocasiones por varios jugadores. Existen singularidades que han motivado una denuncia, de final incierto, que analizamos.

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Nuestro Código civil establece cómo deben interpretarse las normas, más allá de su lectura. Porque leer no es interpretar, y aunque es claro que cuando una norma no tiene interpretación posible no cabe más que actuar conforme a su dicción literal, en muchos casos ello no es así.

 

Recordemos que el artículo 3.1 del Código Civil establece que "Las normas se interpretarán según el sentido propio de sus palabras, en relación con el contexto, los antecedentes históricos y legislativos, y la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas, atendiendo fundamentalmente al espíritu y finalidad de aquellas".

 

En el caso de Piqué, la denuncia que pueden presentar contra él LaLiga o el RCD Espanyol por su celebración del gol del empate debe ser objeto de interpretación, de una complicada interpretación, por parte de los órganos disciplinarios deportivos. Existen precedentes de gestos eufóricos, tras conseguir un gol, de "mandar callar" a la grada, que nunca han sido objeto de sanción, ni tampoco de denuncia (hecho muy importante).

 

Que el gesto de hacer callar al público nunca haya sido sancionado obedece en primer lugar a que nunca se ha hecho constar en el acta arbitral. Ciertamente, si el árbitro considera que es ofensivo o incorrecto la constancia lo sería junto a la expulsión o amonestación mostrada, lo que habría desencadenado el habitual elenco de alegaciones y recursos y nos permitiría conocer la opinión de los órganos disciplinarios al respecto. Tampoco ha sido objeto de denuncia (y recordemos que, conforme a los criterios recomendados por el Comité Español de Disciplina Deportiva desde el "caso" Cota-Kluivert, hace muchos años, los órganos disciplinarios de la RFEF no actúan por propia iniciativa, algo que ya hemos comentado varias veces en el sentido de entender que los verdaderamente perjudicados por las conductas inapropiadas deben hacer algo más que cruzarse de brazos y esperar que "alguien" resuelva su agravio, pero sin mancharse).

 

Sin esa constancia en acta ni denuncia, sólo cabe entender que todos vienen entendiendo tradicionalmente y admiten que el gesto consistente en mirar a la grada y llevarse el dedo índice a la boca tras marcar un gol no debe entenderse como reprochable. a lo mejor no es lo más estético ni correcto, pero ahí queda. El problema es cuando al gesto se le introducen matices, o en el hecho concurren elementos previos e incluso posteriores que pueden ser determinantes de una provocación, o de una conducta contraria al buen orden o decoro deportivo, que es por donde parece que podría ir la denuncia (si es que se presenta). El contexto.

 

En primer lugar, no se trata del dedo índice, sino del dedo índice y el meñique, lo que como bien sabemos todos tiene una significación ofensiva. Seguramente Piqué dirá que se trata de una casualidad, del frío... como cuando estiró el dedo corazón durante el himno nacional (estaba crujiendo las falanges). Y seguramente nadie del campo apreció lo sutil del gesto (que no estamos prejuzgando, puede ser casual), pero cuando las cámaras graban... toda España ha visto ya algo que se sale del gesto de "callar". Creo que no hace falta concretar más.

 

Y en segundo, están los antecedentes y secuelas. Ese gesto se enmarca en un enfrentamiento directo entre el jugador y los aficionados del club rival, provocado inicialmente por insultos a él y su familia, generadores de unas declaraciones desacertadas (para algunos un hecho objetivo; para otros, toda una provocación y un menosprecio), y posteriormente otras en el mismo sentido. Un gesto de ese tipo, realizado en otro estadio o incluso por otro jugador, o en otro momento del partido, generaría polémica; tras marcar ese gol, es previsible que desencadene algo más. Y, se sancione o no a Piqué por ello, ahí si tienen una gran parte de responsabilidad los jugadores, no solo Piqué, porque otras celebraciones muy desafortunadas hemos visto también.

 

Analizado el contexto, vayamos a la finalidad. ¿Persigue la punición de las conductas contrarias al buen orden deportivo, sea este el tipo u otros más específicos como la provocación al público, sancionar y evitar que se produzcan conductas premeditadas o voluntarias, aunque sean instantáneas y "en caliente", de este tipo? La respuesta es sí, teniendo en cuenta que la conducta indecorosa no exige afán provocador y la otra sí. Otra cosa es que se considere que el gesto es casual o involuntario (como con toda probabilidad defenderá Piqué), o que los precedentes no pueden ser considerados suficientes como para determinar una respuesta de ese tipo. Por cierto, a los árbitros también se les insulta y no responden; ¿cómo reaccionaría la grada si tras pitar un penalti en contra el árbitro manda callar?

 

Si lo agitamos todo, tenemos un cóctel complicado: el motivo y el gesto, y ambos interpretables en contra del jugador; en sentido contrario, en el campo sancionador hay que ser especialmente riguroso para castigar administrativamente una conducta. En cualquier caso, la denuncia no es descabellada atendiendo a estas "especialidades", el jugador tiene su espacio de defensa y reducir el asunto a que Piqué mandó callar a los españolistas al igual que se ha hecho otras veces es una reconducción simplista improcedente, al menos en mi opinión, dadas las circunstancias. Esto, ahora mismo, da mucho juego, desde lo sancionable a lo irrelevante, y seguramente cada uno tendrá su opinión, en gran parte influida por los colores.

 

Corresponde al comité de competición resolver, previa audiencia de Piqué.

Javier Rodríguez Ten

Universidad San Jorge

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