José Ángel Peláez"Ante la evidencia de los delitos cometidos, los acusados asumieron la responsabilidad de los mismos, aceptando ser condenados por un delito de injurias graves hechas con publicidad previsto y penado en los arts. 208 y 209 del Código Penal".
La Federación Cántabra de Fútbol ha emitido una nota en la que informa que con fecha 13 de septiembre de 2021, en la sentencia firme nº 000279/2021, el Juzgado de lo Penal nº 4 de Santander ha condenado a D. J. J. B. P. y a D. J. R. F. después de la acusación formulada por el presidente de la Federación Cántabra de Fútbol, José Ángel Peláez, en relación a las graves imputaciones y falsedades vertidas durante marzo del año 2019 en el programa radiofónico “El Puente”, de la emisora Distinta FM.
La nota añade que "ante la evidencia de los delitos cometidos, los acusados asumieron la responsabilidad de los mismos, aceptando ser condenados por un delito de injurias graves hechas con publicidad previsto y penado en los arts. 208 y 209 del Código Penal".
De esta forma, según la nota, el Juzgado expresamente estableció lo siguiente en su punto cuarto: “en el día y hora señalados, comparecieron las partes y antes de darse inicio a la práctica de las pruebas, la acusación y la defensa solicitaron del Tribunal que procediera a dictar sentencia de conformidad con el escrito de acusación más gravemente formulado en presencia del acusado compareciente, quien mostró también su expresa conformidad con la acusación contra él formulada, pena interesada y responsabilidad civil solicitada, estimando innecesaria la celebración del juicio.
Por el/la Juez se informó al acusado de las consecuencias de la conformidad y se le oyó para determinar si la conformidad había sido prestada libremente y con conocimiento de sus consecuencias.
Prestada libremente la conformidad, se ha procedido de inmediato a dictar sentencia oralmente, según consta en el acta de comparecencia. Las partes, una vez reconocido el fallo, han manifestado su decisión de no recurrir, por lo que, acto seguido, ha sido declarada la firmeza de la sentencia.”
El Juzgado ha condenado a los acusados a indemnizar a José Ángel Peláez con 2.000 euros cada uno y a una multa de 6 meses con una cuota diaria de 4 euros. De igual forma, los condenados han de sufragar las costas del juicio.






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